Resoluciones antidumping y formatos oficiales publicados por la SE
Tanto el acuerdo como las resoluciones entrarán en vigor a partir del 21 de diciembre de 2018
Comercio Exterior
El 20 de diciembre de 2018 se dio a conocer el “Acuerdo que modifica al diverso por el que se dan a conocer los formatos que deberán utilizarse para realizar trámites ante la Secretaría de Economía, el Centro Nacional de Metrología, el Servicio Geológico Mexicano, el Fideicomiso de Fomento Minero, la Procuraduría Federal del Consumidor y ProMéxico”.
Esta publicación importante para la comunidad de comercio exterior, toda vez que en ella se encuentran, entre otros formatos oficiales, los siguientes que deberán utilizarse para tramitar:
- registros de:
- bienes textiles y prendas de vestir no originarios elegibles para recibir trato de preferencia arancelaria (SE-FO-03-036-A)
- proveedores de insumos del sector azucarero para empresas IMMEX (SE-FO-03-019)
- certificados de:
- cupo (obtenido por licitación pública) (SE-FO-03-013-6)
- elegibilidad de bienes textiles y prendas de vestir con el Estado de Israel (SE-FO-03-041-B), y
- número de registro o de refrendo, de contraste, logotipo o signo propio del importador o productor nacional para identificar sus productos de oro, plata, platino o paladio (SE-FO-04-013)
Asimismo, se difundieron las resoluciones por las que se declara el inicio:
- de la investigación antidumping sobre las importaciones de ollas de presión de aluminio originarias de China, independientemente del país de procedencia que ingresan por la fracción arancelaria 7615.10.01 de la TIGIE, o por cualquier otra, y
- del examen de vigencia de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de vajillas y piezas sueltas de vajillas de cerámica, incluidas las de porcelana, originarias China, que ingresan a través de las fracciones arancelarias 6911.10.01 y 6912.00.01, o por cualquier otra
Tanto el acuerdo como las resoluciones entrarán en vigor a partir del 21 de diciembre de 2018.