Omisión de reporte anual Ecex y Altex & cancelación del programa

Aun cuando el Decreto que las creó está abrogado, persisten las obligaciones para las empresas aún activas

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 .  (Foto: iStock)

No obstante que el 25 de diciembre de 2010 se abrogaron los Decretos que crearon a las Empresas de Comercio Exterior (Ecex) y Altamente Exportadoras (Altex), actualmente hay contribuyentes que siguen operando al amparo de estos (art. cuarto transitorio del Decreto IMMEX publicado en el DOF del 24 de diciembre de 2010).

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Esto es porque conservan vigente la constancia que los acredita como tales, otorgada por la Secretaría de Economía cuando están al corriente de las obligaciones que emanaban de tales instrumentos, entre ellas, presentar el reporte de las operaciones de comercio exterior por el ejercicio inmediato, y mantener las exportaciones en los montos exigibles.

Pues bien, estamos en mayo y precisamente antes de que concluya este mes, se debe exhibir ese reporte por las operaciones de 2018, a través de la ventanilla digital.

Por ello, se recomienda exhibirlo en tiempo y forma a la brevedad posible, pues su omisión no será causa de una suspensión temporal, sino definitiva.