Fiel activa ¿para importar?

La manifestación de valor es un documento que contiene los elementos que permiten determinar el valor en aduana de las mercancías a importar

El personal de logística y operaciones de comercio exterior nos avisa que el certificado de la e-firma del representante legal, que actualmente firma las manifestaciones de valor de las importaciones que realizamos está por vencer, y pide que la renovemos a la brevedad para evitar contratiempos. Al respecto, el contador general de la compañía señala que por reestructuración de puestos no se sabe si dicha persona seguirá laborando en la compañía o será despedido, y que al tratarse del mismo insumo que se ha estado introduciendo al país desde hace más de cinco años sea el agente aduanal quien las elabore y firme mientras tanto 

De hacerlo se estaría incurriendo en algún error



La manifestación de valor es un documento que contiene los elementos que permiten determinar el valor en aduana de las mercancías a importar; la obligación de elaborarla –en escrito libre– es del importador, no del agente aduanal que promueve el despacho de las mismas, este solo la recibe para tales efectos (art. 59, fracc. III, LA).

Además, en esta se declara “bajo protesta de decir  verdad”, el nombre, la firma y el RFC del importador o su representante legal, así como la fecha en que se elabora; por ello, esa persona no podría formularla y firmarla, y de hacerlo estaría ante falsedad de datos, por lo tanto, ante infracciones aduaneras que se sancionaría con multas de 1,800 a 2,570, por cada documento (arts. 184, fracc. III y 185, fracc. II, LA, Instructivo de llenado de la Manifestación de Valor y Anexo 2, RGCE 2018). 

Cabe aclarar que la citada manifestación puede ser por operación o por periodos de seis meses, y atendiendo que –según lo externado– se trata solo de un insumo, y el representante legal actualmente aún está laborando, y el poder otorgado para actos de administración está vigente, podría elaborarse una por periodo; y si durante el transcurso del mismo se modificara alguno de los elementos de valor, se manifestaría dicha circunstancia mediante la presentación de una nueva manifestación de valor, que podría firmarse por el mismo representante legal, si es que todavía está desempeñándose en la compañía, o por el que esté en turno.