Las mercancías de procedencia extranjera deben estar amparadas con el documento que acredite su valor; comprobante indispensable para la importación de las mismas, y que por disposiciones en materia aduanera se tienen que cumplir ciertos requisitos y formalidades.
Y las preguntas obligadas sobre este comprobante son: ¿qué se conoce de este? ¿por él se observa lo previsto en la normatividad? o ¿se estaría preparado para un acto de fiscalización por parte de la autoridad, en el ejercicio de sus facultades de comprobación?
Para responderlas el contribuyente tendrá que revisar diversos puntos de sus operaciones de comercio exterior; entre ellos, por ejemplo, los que se plasman en el siguiente ejercicio, que en el caso de que no se haya cumplido, podrá corregir y evitar eventualidades.
Observaciones
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Sí
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No
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Quienes introduzcan mercancías de procedencia extranjera a territorio nacional para destinarlas a un régimen aduanero, están obligados a transmitir en documento electrónico o digital como anexos al pedimento, entre otra información, la relativa al valor y demás datos relacionados con la comercialización de las mismas, contenidos en el comprobante fiscal digital o documento equivalente, cuando el valor en aduana de las mismas se determine conforme al valor de transacción, declarando el acuse correspondiente, sobre ello, tome en cuenta lo siguiente:
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Los datos de valor de las mercancías deben estar contenidos en el CFDI o documento equivalente, según se trate, al respecto:
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Los proveedores extranjeros no están obligados a expedir comprobantes con los requisitos aplicables en México, pero sí deben contener cierta información para que puedan ser aceptados para cuestiones aduaneras, al respecto, el documento equivalente emitido por estos observa los requisitos solicitados por el SAT, esto es:
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Los comprobantes deben expedirse con la información correcta y estar en buen estado, para ello:
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Las autoridades, en el ejercicio de sus facultades de comprobación, podrían identificar incongruencias en los comprobantes que amparan la mercancía adquirida, ante ello:
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cuando no existe tal número:
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Llevar la contabilidad es parte de las obligaciones fiscales y aduaneras, al respecto:
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Lo anterior es solo una pequeña guía, por lo que la empresa tendrá que hacer una revisión más minuciosa de las operaciones de comercio exterior y de encontrar irregularidades, es momento de hacer las correcciones pertinentes, antes de que la autoridad inicie sus facultades de comprobación.