La doctora Alma de los Ángeles Ríos Ruiz, profesora de tiempo completo “C” definitiva de la Facultad de Derecho, de la Universidad Nacional Autónoma de México, analiza el auge que ha tenido está actividad económica ante la emergencia sanitaria generada por la pandemia del Coronavirus (Covid-19).
Preámbulo
Con motivo de la declaración por las autoridades federales de emergencia sanitaria en nuestro país y la reciente declaratoria que indica el inicio de la fase 3 en México de la epidemia de la enfermedad generada por el Covid–19, se han tenido que tomar medidas sin precedentes que han afectado y afectarán distintos ámbitos que van desde los hábitos personales, económicos, sociales, culturales y por supuesto de consumo, ya que por disposición de las autoridades mexicanas en materia sanitaria, todos aquellos puntos de venta físicos tanto de bienes, como de servicios ubicados dentro del rubro de actividades no esenciales1 han tenido que cerrar sus puertas, en tanto que las señaladas como esenciales han debido modificar su forma de desarrollo comercial, atendiendo las instrucciones y medidas sanitarias.
Ello ha sido motivo de preocupación, debido a las afectaciones que esta situación traerá a las micro, pequeñas y medianas empresas que aún no incursionan en los mercados del comercio electrónico2, en contraste a esto, quienes ya se encontraban familiarizados con las transacciones electrónicas, han hallado en esta forma de comercializar, el remedio perfecto para sobrellevar, mitigar los impactos negativos e incluso obtener ventaja de la situación, aumentando sus ventas, ingresos, por ende, su rentabilidad.
Lo anterior sin duda se debe a que una parte importante de la población mexicana ha tomado con seriedad las medidas de distanciamiento social, que comprende sobre todo el no salir de casa, hecho que ha propiciado un aumento importante en las compras en línea a través de portales tecnológicos, de productos indispensables para el consumo cotidiano, así, lo que para muchas empresas mexicanas ha sido una catástrofe, para otras ha significado una oportunidad de negocios, como se apuntó anteriormente.
Oportunidad para las empresas
Con esto queda claro que ha llegado el instante en que las micro, pequeñas y medianas empresas mexicanas deben preocuparse por iniciar e impulsar, según sea el caso, sus operaciones en línea, de manera virtual, ya que en esta opción se encuentra ahora la única forma para garantizar la subsistencia y desarrollo futuro de quienes generan el 72 % del empleo y 52 % del Producto Interno Bruto (PIB) del país, pues la propagación del virus tendrá un impacto inmediato e incluso proporcional en este comercio, toda vez que de acuerdo con la Asociación Mexicana de Venta Online (AMVO) el comercio electrónico crecerá un 59 % a causa de la pandemia, motivo por el que se ha preocupado por compartir el estudio Coronavirus: impacto para el comercio electrónico y recomendaciones para las compañías, a través del cual ha presentado 20 de ellas destinadas a empleados, negocios y clientes que incursionan en esta práctica comercial3.
La importancia de comprender el funcionamiento del mercado global durante esta contingencia y reconocer el auge del comercio electrónico, permitirá distinguir la necesidad de que los negocios y empresas mexicanas de cualquier tamaño y giro, tengan un espacio virtual en el que puedan continuar ofreciendo sus productos o servicios a sus clientes, ya que en estos momentos cualquier compañía de comercio electrónico puede continuar con su actividad normal puesto que las de transporte están trabajando, para entre otras cosas, garantizar el abastecimiento de productos en todo el país y de esta forma seguir manteniendo las entregas de pedidos realizados por Internet4.
Observancias fiscales
En este contexto es que México debe afianzar sus mercados digitales, podemos afirmar que llega en mal momento la política tributaria y los cambios fiscales para este sector comercial, previstos en la Ley de Ingresos de 2020 que dispone la entrada en vigor –este 1o. de junio– de obligaciones fiscales tanto para quienes ofrecen productos o servicios vía el comercio electrónico como para los mercados digitales por los cuales se ofertan los mismos; entre las obligaciones están:
- inscribirse en el RFC ante el SAT
- ofertar y cobrar, conjuntamente con el precio de sus servicios, en forma expresa y por separado el IVA
- llevar un registro de los receptores de sus servicios ubicados en el territorio nacional
- proporcionar mensualmente al SAT el número de operaciones realizadas con receptores ubicados en territorio nacional, clasificado por tipo de servicios y su precio
- calcular y pagar mensualmente el IVA del mes del que se trate
- proporcionar vía electrónica a sus clientes en México un comprobante de pago con el IVA separado, cuando lo solicite el receptor, y
- designar ante el SAT un representante legal y un domicilio para efectos de notificación y vigilancia del cumplimiento de las obligaciones
Ello sin duda frenará el mercado digital actual y propiciará resistencia por parte de los empresarios que aún no están familiarizados con esta modalidad comercial5.
Lo anterior adquiere mayor relevancia si se toma en consideración que las reglas de operación de estas nuevas medidas tributarias todavía no quedan claras y que sin duda implicarán cambios en los sistemas de las empresas, motivo por el que diversos directivos de compañías dedicadas al comercio electrónico han solicitado al gobierno federal aplazar la entrada en vigor de estas disposiciones, esto permitiría que una vez superada la crisis, se inicie la paulatina recepción de estas medidas, por parte tanto de las grandes compañías, como de todos quienes a raíz de esto se incorporen al mercado digital.
Otros aspectos
Además, no se debe obviar el hecho de que sin lugar a dudas habrá cambios en el comportamiento de los consumidores mexicanos, incluso los del resto del mundo, verbigracia, en China el comercio electrónico creció 500 por ciento durante su contingencia, y será entonces cuando estas medidas fiscales adquieran mayor relevancia, porque los esfuerzos de las empresas para mantener su vigencia en el mercado, deberán tomar en cuenta que los consumidores en su mayoría se habrán iniciado en el mundo de las compras en línea y al respecto existe una amplia probabilidad de que estos perciban y valoren las ventajas en la compra de productos básicos como despensa, alimentos, cuidado personal y medicamentos, entre otros, percatándose también de la facilidad con que se desarrollan estas transacciones, lo que abrirá la pauta para que se habitúen cada vez más a comprar por este canal después de que el brote de Covid–19 y las medidas de contingencia hayan terminado, incluso se puede tener la certeza de que este contexto ha permitido y permitirá que se diluyan las barreras generacionales que limitaban a esta forma comercial.
Comentario final
Finalmente, es preciso saber que el hecho de que el escenario anterior se materialice, sin duda dependerá de la atención y experiencia que las empresas y negocios brinden a los clientes, ya que este es el momento en que los consumidores podrán percibir todo el potencial que posee el comercio electrónico, después de esto, podemos tener la certeza de que los mexicanos no volverán a comprar como antes y que el comercio tradicional deberá satisfacer nuevas necesidades.
Para la elaboración de este análisis la autora se apoyó en las siguientes fuentes:
- Asociación Mexicana de Venta Online, É Logística (en línea), disponible en: http://www.logisticamx.enfasis.com/notas/85759-comercio-electronico-crece-pese-al-coronavirus-amvo, recuperado el 20/04/2020
- Moya, Francisco, Clave i, Efectos del COVID–19 en el comercio electrónico, (en línea), disponible en: https://www.clavei.es/blog/efectos-covid-19-comercio-electronico/, recuperado el 20/04/2020
- Ríos Ruíz, Alma de los Ángeles, Ius Comitiãlis, Las Nuevas tendencias del comercio electrónico en el marco del T–MEC, (en línea), disponible en: <https://iuscomitialis.uaemex.mx/article/view/12064>, recuperado el 20/04/2020
- Riquelme, Rodrígo, EL ECONOMISTA, Impuestos al comercio electrónico deben postergarse 6 meses por Covid-19, pide la industria, (en línea), disponible en: https://www.eleconomista.com.mx/tecnologia/Medidas-tributarias-para-comercio-electronico-deben-poste..., recuperado el 20/04/2020