Conserve sus certificados de origen TLCAN
Certificados en papel ya no operarán a partir del 1o. de julio, pero aun así debe conservarse los emitidos
Comercio Exterior
El 1o. de julio de 2020 dejará de operar el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN), y en su lugar entrará en vigor el Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC); pero mientras ello sucede, los productores o exportadores siguen expidiendo los certificados de origen de las mercancías originarias de la región –en papel, y sin validación oficial de una autoridad competente–, a los importadores para que puedan gozar de las preferencias arancelarias que otorga este tratado.
Los contribuyentes nacionales que llenen un certificado de origen que ampare un bien que se exporte a EUA o Canadá bajo trato arancelario preferencial, deberán conservar todos los registros relativos al origen del bien, en los términos del CFF, inclusive los referentes a la:
- adquisición; los costos; el valor y el pago del bien exportado y de todos los materiales, incluso los indirectos, utilizados en la producción del bien exportado, y
- producción del bien en la forma en que se exporte
Por su parte, quienes importen bienes originarios bajo trato arancelario preferencial, deberán conservar el certificado de origen y demás documentación relativa a la importación.
Ello está sustentado en el artículo 505 del TLCAN y regla 35 de su Resolución en Materia Aduanera.