Oficial, nomenclatura arancelaria del Sistema Armonizado

La Organización Mundial de Aduanas permite clasificar las mercancías en más de seis dígitos, lo cual no es un inconveniente para las transacciones comerciales

.
 .  (Foto: iStock)

El Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías (Sistema Armonizado –SA–) es la nomenclatura internacional de mercancías creada por la Organización Mundial de Aduanas (OMA) para homologar las transacciones de mercancías, y es aplicable por los países miembros.

México es parte de la OMA y utiliza esta clasificación “uniforme” de las mercancías; y es precisamente en la Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación (LIGIE) en donde se ubican las fracciones arancelarias de los productos, codificados a ocho dígitos.

La nomenclatura arancelaria de la TIGIE tiene dos números específicos adicionales a los que marca el SA; lo cual está permitido para las partes contratantes –hay quienes tienen más dígitos, por ejemplo, Japón nueve y EUA 10–, es decir, se pueden tener subdivisiones para la clasificación de mercancías a un nivel más detallado, si se añaden y codifican a un nivel superior de los seis dígitos de la OMA.

Como puede verse, los miembros de la OMA pueden tener –en sus respectivas leyes en la materia– fracciones arancelarias de seis o más dígitos, pero ¿qué pasaría si un contribuyente mexicano pretendiera importar mercancía originaria de una nación con la cual México tiene suscrito algún tratado de libre comercio, y la fracción arancelaria contenida en el certificado de origen difiriera de la declarada en el pedimento, acaso ¿la aduana podría considerar inválido este documento y negar la preferencia arancelaria del tratado?

Tómese en cuenta que ello no podría ser así, siempre y cuando la descripción de la mercancía señalada en el certificado de origen coincida con la declarada en el pedimento y permita la identificación plena de las mismas presentadas a despacho ante la aduana, así está fundamentado en la regla 3.1.12. de las Reglas Generales de Comercio Exterior 2020.

En nuestra edición 462 de fecha de portada 15 de abril de 2020 se abordó la importancia de la fracción arancelaria y la Nueva TLIGIE.