Sosa cáustica y aceite epoxidado seguirán investigándose por dumping

Mientras dura el procedimiento de investigación se seguirá pagándose por ellos cuotas compensatorias en su importación

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 .  (Foto: Adobe Stock)

La Secretaría de Economía declaró el inicio del examen de vigencia de las cuotas compensatorias definitivas impuestas a las importaciones de sosa cáustica y aceite epoxidado originarias de los Estados Unidos de América, independientemente del país de procedencia.

En cuanto a esos productos objeto del procedimiento, tómese en cuenta lo siguiente:

Generalidades

Sosa cáustica

Aceite epoxidado

Fracción arancelaria por la que ingresa al país, u cualquier otra

2815.12.01

1518.00.02

Cuota compensatoria que seguirá pagando mientras se tramita el procedimiento

Para las importaciones cuyos precios sean inferiores al precio de referencia de 288.71 dólares por tonelada métrica, equivalente a la diferencia entre el precio de exportación de la mercancía y el precio de referencia. El monto de la cuota compensatoria no puede rebasar el margen de discriminación de precios de 54.79 %

62.45 %

 

Periodo de examen

1o. de abril de 2019 al 31 de marzo de 2020

1o. de julio de 2019 al 30 de junio de 2020

Periodo de análisis

1o. de abril de 2015 al 31 de marzo de 2020

1o. de julio de 2015 al 30 de junio de 2020

Los interesados en el resultado del examen tienen un lapso de 28 días hábiles, contados a partir del 8 de julio de 2020, para responder un formulario oficial y aportar las pruebas que permitan a la SE definir si de suprimirse esas cuotas se repetiría o continuaría la discriminación de precios, en consecuencia, el daño a la industria nacional.

Dichas resoluciones se publicaron en el DOF del 7 de julio de 2020.