Certificación de origen T-MEC, ¿es válida con errores?

Revisa lo que el nuevo tratado prevé para que la autoridad aduanera no niegue la certificación

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 .  (Foto: iStock)

Desde el 1o. de julio de 2020 se están realizando operaciones al amparo del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), y emitiendo la certificación de origen por las mercancías originarias de los países de la región de este tratado.

Como bien se sabe la certificación de origen válida puede ser llenada por el productor, el exportador –si no es el productor–, incluso por el importador –de los EUA y Canadá, México aún no– ello de conformidad con las disposiciones del tratado; pero que pasará si quien la emitió cometió errores ortográficos o mecanográficos en esta ¿podría rechazarse dicha certificación y, por ende, negarse el trato arancelario preferencial?

Aunque pudiera parecer irrelevante la duda no lo es, una certificación de origen no puede ser rechazada por la autoridad aduanera cuando tenga errores o discrepancias menores como esos, siempre que no se genere duda sobre la exactitud de la información contenida en dicha certificación.

Ello está sustentado en el artículo 5.7(1) del tratado, y la regla 40 de su resolución que establece las reglas de carácter general relativas a la aplicación de las disposiciones en materia aduanera.