Domicilios localizados crucial para reporte IMMEX
Quienes hayan solicitado la verificación del domicilio de la planta al SAT, también deben validarlo en la VUCEM
Comercio Exterior
Por increíble que parezca, hay empresas IMMEX que no presentaron en mayo pasado el reporte anual de operaciones de comercio exterior 2019, y cuando intentaron hacerlo –en la segunda oportunidad que tienen para ello– se encontraron ante un problema, el sistema de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCEM) les arrojó una alerta de la validación del domicilio de la planta –donde realizan operaciones– que les indicaba que estaba como no localizado.
Los titulares del programa IMMEX que estén pasando por esta situación deben saber que una vez validado el domicilio como localizado y la verificación del “Tipo de domicilio” –previo trámite ante el SAT– tienen que registrar el alta o baja, según se trate, del domicilio de la planta en la Secretaría de Economía (SE), a través de la VUCEM (https://www.ventanillaunica.gob.mx/vucem/Ingreso.html), solo así podrán exhibir el citado reporte.
La VUCEM generará el acuse y folio del trámite, el cual deberá ser descargado para su conservación en el expediente del programa IMMEX de la empresa.
La SE otorgará la resolución del trámite de alta del domicilio de la planta en un plazo de 10 días hábiles, la baja es inmediata.
Tómese en cuenta que, si para el lunes 31 de agosto de 2020 no se cumple con el mencionado reporte, la SE cancelará definitivamente el programa, esto a partir del 1o. de septiembre del presente año (arts. 24 y 25, Decreto IMMEX).