SE resuelve tercer examen de vigencia de la cuota compensatoria

Concluye el examen de vigencia de la cuota compensatoria para las conexiones de acero al carbón para soldar a tope

 .  (Foto: iStock)

Irene Vega

Por tercera ocasión la Secretaría de Economía (SE) resolvió el examen de vigencia de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de conexiones de acero al carbón para soldar a tope originarias China, por prácticas desleales al comercio internacional; y de igual manera que en los anteriores, decidió prorrogar la cuota compensatoria por cinco años más.

Resulta que el 17 de julio de 2019 la SE difundió en el DOF la resolución por la que se declaró el inicio del examen para este producto, fijándose como periodos de examen y de análisis los comprendidos del 1o. de julio de 2018 al 30 de junio de 2019, y del 1o. de julio de 2014 al 30 de junio de 2019, respectivamente.

En esta publicación se convocó a quienes tuvieran interés jurídico en el resultado de tal examen, para que comparecieran a presentar los argumentos y las pruebas que estimaran pertinentes; siendo únicamente un productor nacional quien compareció al procedimiento en tiempo y forma.

Al efecto, la SE notificó el inicio del procedimiento a las partes de que tuvo conocimiento y al gobierno de China; y efectuó un análisis integral de los argumentos e información aportada, con base en el cual determinó que la industria fabricante de conexiones de acero en China cuenta con un importante potencial exportador y capacidad libremente disponible –capaz de abastecer varias veces el mercado nacional–; y aunado a los niveles de subvaloración, indica la probabilidad fundada de que, ante la eliminación de la cuota compensatoria, se incrementarían las exportaciones de China al mercado mexicano, en términos absolutos y relativos de manera significativa, lo que daría lugar a la repetición del daño a la rama de producción nacional.

Es así como la SE concluyó dicho examen y prorrogó la vigencia de la cuota compensatoria definitiva de 1.05 dólares por kilogramo para ese producto, esto, por cinco años más, contados a partir del 5 de agosto de 2019.

Ello lo dio a conocer dicha dependencia en la resolución final del procedimiento administrativo de examen de vigencia de esa cuota compensatoria, publicada en el DOF del 19 de agosto de 2020.

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