Cofepris resolverá registros sanitarios en el menor tiempo posible
Agilización de trámite solo cuando cumpla con los acuerdos equivalentes firmados en materia de salud
Comercio Exterior
Como parte de las acciones de simplificación administrativa, y máxime en época de emergencia sanitaria por el COVID-19, la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) va a resolver las solicitudes de registro sanitario de los medicamentos y demás insumos para la salud que provengan del extranjero, en el menor tiempo posible.
Esto es, en un plazo de cinco días hábiles contados a partir del siguiente a aquel en que el solicitante entregue la documentación aplicable, conforme a lo establecido en los acuerdos de equivalencia dados a conocer en el DOF del 26 de octubre de 2010, 25 de enero de 2012 y 28 de enero de 2020.
En estos acuerdos se reconoce que los requisitos, las pruebas, los procedimientos de evaluación y demás requerimientos solicitados por autoridades sanitarias extranjeras, en sus respectivos países para la venta, distribución y uso de los insumos para la salud, son equivalentes a los que exige la Ley General de Salud, el Reglamento de Insumos para la Salud y demás disposiciones jurídicas aplicables en la materia (Acuerdos de equivalencia).
Si Cofepris no resuelve las solicitudes dentro del plazo señalado, se entenderá procedente la solicitud.
Ello se dio a conocer por la Secretaría de Salud en el “Acuerdo por el que se establecen medidas administrativas para agilizar el trámite de registro sanitario de medicamentos y demás insumos para la salud que provengan del extranjero”, publicado en el DOF del 18 de noviembre de 2020, el cual entró en vigor este mismo día.