Aún vigentes las autorizaciones en materia de RRNA

Autorizaciones emitidas seguirán aplicándose hasta su vencimiento, en los términos en que fueron expedidos

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 .  (Foto: iStock)

El 28 de diciembre de 2020 entrará en vigor la nueva Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (LIGIE), publicada en el DOF del 1o. de julio de 2020, por lo que surgen dudas de cómo operarán las autorizaciones vigentes expedidas por la Secretaría de Economía (SE), por aquello de que aún no se publican los acuerdos en materia de regulaciones y restricciones no arancelarias (RRNA) actualizados con las fracciones arancelarias y los números de identificación comercial (NICO) de la nueva LIGIE. 

Para atender ello, la Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior –dependiente de la Subsecretaría de Industria, Comercio y Competitividad, de la SE– emitió recientemente un oficio (No. 414.2020.3324) sobre la instrumentación de la nueva LIGIE, que comprende entre otras consideraciones, lo que aplicará para la operación de las autorizaciones vigentes. 

Al efecto señala que los documentos expedidos conforme a los instrumentos normativos vigentes hasta el 27 de diciembre de 2020 seguirán aplicándose hasta su vencimiento, en los términos y para los efectos que fueron emitidos, siempre y cuando la descripción de las mercancías señaladas en los mismos coincida con las presentadas ante la autoridad aduanera. 

Ello implica que las autorizaciones vigentes se podrán seguir utilizando en los términos en que fueron emitidas, hasta el fin de su vigencia; no siendo necesario solicitar la reexpedición del documento conforme a la nueva fracción arancelaria. 

Además, aclara que las mercancías sujetas a RRNA se identificarán en términos de sus fracciones arancelarias; es decir, a ocho dígitos –según el artículo. 20 de la Ley de Comercio Exterior–; y los NICO que se incluyen en los acuerdos son únicamente con fines de referencia.