Días no laborables en la SE para 2021

Tómese en cuenta los días inhábiles para diligencias o actuaciones de los procedimientos que se tramitan en la SE

 .  (Foto: iStock)

Irene Vega

La Secretaría de Economía (SE) ya tiene definidos los días inhábiles para diligencias o actuaciones de los procedimientos que se tramitan ante la misma; por tanto, no correrán términos.

En 2021 la SE suspenderá labores, además de lo previsto en el artículo 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo (LFPA), los siguientes días:

  • 1o. de febrero (en conmemoración del 5 de febrero)
  • 15 de marzo (en conmemoración del 21 de marzo)
  • 1o. y 2 de abril
  • 2 de noviembre, y
  • 15 de noviembre (en conmemoración del 20 de noviembre)

Los correspondientes al segundo periodo vacacional de 2021, los dará a conocer en términos de la citada LFPA, y tomando como base el periodo vacacional que determine la Secretaría de Educación Pública para el ciclo lectivo 2021-2022.

Así lo dio a conocer dicha dependencia en el “Acuerdo por el que se señalan como inhábiles para la SE los días de 2021 que a continuación se indican y sus efectos para la tramitación de asuntos ante la misma”, publicado en el DOF del 22 de enero de 2021.

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