Certificados fitosanitarios de importación, ¿sujetos a derechos en 2021?

Se debe pagar derechos para obtener el documento que acredite el cumplimiento de RRNA

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 .  (Foto: Getty)

Quienes realizan operaciones de comercio exterior deben pagar derechos por algunos trámites que deben realizar para dar cumplimiento con las regulaciones y restricciones no arancelarias (RRNA).

Por ejemplo, para la importación de materias primas o productos forestales –madera aserrada, tarimas, o muebles de madera, etc.– se debe contar con el certificado fitosanitario de importación que expide la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales; mismo que podrá gestionarse –previo a su movilización a territorio nacional–, ya sea, por la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior (www.ventanillaunica.gob.mx), o de manera presencial en las delegaciones federales de dicha dependencia.

Tómese en cuenta que, esa mercancía también está sujeta a inspección ocular por parte de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa).

Por la emisión de cada certificado fitosanitario se debe hacer un pago de derechos de conformidad con el artículo 194-N-2-I de la Ley Federal de Derechos, cuyo monto asciende a 1,478 pesos, el comprobante se adjuntará a la solicitud.

En nuestra edición 479 –de fecha de portada 31 de enero de 2021– podrán consultarse los derechos que deberán pagarse en trámites de comercio exterior y aduanales.