SE pone en orden sus unidades administrativas

Ya fue publicado el acuerdo que adscribe orgánicamente a sus unidades administrativas, según su Reglamento Interior

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 .  (Foto: iStock)

Es de recordar que la Secretaría de Economía (SE) publicó el 17 de octubre de 2019 su Reglamento Interior (RISE) –mismo que reformó 12 de abril de 2021–, en el cual estableció su estructura orgánica y las atribuciones de sus unidades administrativas.

Ahora da a conocer un acuerdo que determina la adscripción de sus unidades administrativas y la subordinación jerárquica de los servidores públicos previstos en su reglamento. Se trata del “Acuerdo que adscribe orgánicamente a las unidades administrativas de la Secretaría de Economía”, difundido en el DOF del 22 de abril de 2021.

Tómese en cuenta que, de conformidad con la estructura orgánica y las atribuciones previstas en el RISE, en materia de comercio exterior e internacional, se adscriben las unidades administrativas de la SE, en los términos siguientes, a la:

  • Oficina de la persona Titular de la Secretaría, la: Unidad de Normatividad, Competitividad y Competencia: de la cual dependerá la Dirección General de Normas –con su Coordinación de la Infraestructura de la Calidad–
  • Subsecretaría de Industria y Comercio, la:
    • Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales, con sus Coordinaciones de análisis financiero y contable, de daño y salvaguardas, de dumping y subvenciones, jurídica, y jurídica internacional; y su Dirección General de Defensa Comercial Internacional
    • Dirección General de Contenido Nacional y Fomento en el Sector Energético
    • Dirección General de Industrias Ligeras, y
    • Dirección General de Industrias Pesadas y de Alta Tecnología
  • Subsecretaría de Comercio Exterior, la:
    • Unidad de Inteligencia Económica Global de la que dependerá la Dirección General de Política de Promoción de Inversiones y Exportación
    • Unidad de Negociaciones Comerciales Internacionales con sus direcciones generales de comercio internacional de servicios e inversión; de disciplinas de comercio internacional; y de sistemas de información estadística de comercio internacional
    • Dirección General de Acceso a Mercados de Bienes
    • Dirección General de Consultoría Jurídica de Comercio Internacional
    • Dirección General de Planeación y Estrategias de Negociación
    • Dirección General de Seguimiento, Administración y Supervisión del Cumplimiento de Tratados Comerciales, y
    • Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior

El acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF, y a partir de entonces se abrogará el difundido el 27 de noviembre de 2019 y su modificación, dada a conocer el 12 de febrero de 2021.


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