Cinturones de seguridad ¡sin certificación de NOM!
Los cinturones extranjeros pueden importarse, aun cuando no hay quien certifique el cumplimiento de la NOM
Comercio Exterior
Los cinturones de seguridad de uso automotriz podrán seguirse importando sin tener que demostrar el cumplimiento de la NOM-119-SCFI-2000, con el certificado correspondiente en el punto de entrada a territorio nacional.
Esto será así, porque aún no se cuenta con algún organismo de certificación acreditado y aprobado para evaluar la conformidad de dicha NOM.
Ante ello, para realizar la importación solamente se está exigiendo declarar en el pedimento la clave “NM” y en el campo del folio del certificado el número de oficio “414.2021.2198”.
Lo anterior lo dio a conocer la Secretaría de Economía (SE) en el Boletín B. SNICE 008/2021 que publicó en el portal del Servicio Nacional de Información de Comercio Exterior, relacionado con el oficio “414.2021.2198”, a través del cual se implementó esa medida.
Tanto el oficio como el Boletín estarán vigentes por un año más, desde el 2 de mayo de 2021.