Ftalato de dioctilo sí pagará cuota compensatoria
Economía emitió la resolución final del procedimiento administrativo de investigación antidumping
Comercio Exterior
Los importadores de ftalato de dioctilo (DOP) van a tener que pagar la cuota compensatoria definitiva de 0.27 dólares por kilogramo, cuando este producto sea originario de Corea y de los Estados Unidos de América (EUA), independientemente del país de procedencia.
Esto lo dio a conocer la Secretaría de Economía (SE) en la resolución final del procedimiento administrativo de investigación antidumping sobre las importaciones de ftalato de dioctilo originarias de Corea y de los EUA, publicada en el DOF del 1o. de septiembre de 2021.
En esta resolución se determinó que el monto de la cuota compensatoria necesario para llevar los precios de las importaciones originarias de Corea y de los EUA puestos en la aduana de entrada al nivel del precio no lesivo para la rama de producción nacional, sería de 0.27 dólares por kilogramo.
Cabe recordar que por este producto se había iniciado un procedimiento administrativo de investigación por prácticas desleales de comercio internacional, en su modalidad de discriminación de precios; y fue en la resolución preliminar en la que se determinó continuar con el procedimiento de investigación e imponer una cuota compensatoria provisional (0.34 dólares por kilogramo), publicadas en el DOF del 19 de marzo y el 7 de diciembre de 2020, respectivamente.
No estarán obligados al pago de tales cuotas compensatorias quienes comprueben que el país de origen de la mercancía es distinto a esas naciones.