Cupo extra para exportar azúcar a EUA

Economía precisa el monto extraordinario del cupo de exportación de azúcar mexicana a los EUA

 (Foto: Cuartoscuro)  (Foto: Redacción)

Irene Vega

El Acuerdo por el que se sujeta a permiso previo la exportación de azúcar y se establece un cupo máximo para su exportación, publicado en el DOF el 5 de octubre de 2017 –modificado el 27 de diciembre de 2020–, establece un cupo máximo para exportar a los Estados Unidos de América (EUA), azúcar originaria de México que derive de la caña de azúcar o de remolacha.

Este acuerdo dispone en sus Puntos 13 y 14 que el monto del cupo total establecido por nuestro país de cada ciclo azucarero, se determinará en toneladas métricas valor crudo y será dado a conocer mediante aviso publicado en el DOF por la Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior (DGFCCE) y la Dirección General de Industrias Ligeras (DGIL) de la Secretaría de Economía (SE), y que dicho cupo podrá tener ajustes extraordinarios cuando el Departamento de Comercio de los EUA, notifique que existen necesidades adicionales de azúcar, con una polarización específica.

En atención a ello, la SE difundió un aviso que refiere que el monto extraordinario del cupo para exportar a los EUA, durante el periodo señalado, azúcar con polarización menor a 99.5 grados tal como se produce y se mide en seco, equivalente a 17,527 toneladas cortas valor crudo que se convierten a toneladas métricas valor crudo, dividiendo entre el factor 1.10231125, dando como resultado un monto de 15,900.228 toneladas métricas valor crudo.

Esto se puede consultar en el “Aviso mediante el cual se da a conocer el monto extraordinario del cupo para exportar azúcar a los Estados Unidos de América, en el periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2020 y el 30 de septiembre de 2021, por 17,527 toneladas cortas valor crudo de azúcar (TCVC)”, del DOF del 2 de septiembre de 2021.

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