Importancia de trámites a distancia en comercio exterior

Realice correctamente las solicitudes y esté al pendiente de las comunicaciones de la autoridad sobre las mismas

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 .  (Foto: Adobe Stock)

Llevar trámites sin tener que apersonarse en las unidades administrativas para su gestión, puede implicar para la empresa ahorro de tiempo-dinero, y sobre todo evitar contagios de la COVID-19 en estos tiempos de la pandemia ocasionada por el virus SARS-CoV-2.

Ya sea que los trámites se lleven a cabo a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCEM), portal del SAT o por medio de cuenta de correo electrónico, según se trate, los usuarios deben poner atención no solo en su presentación correcta sino de su desarrollo hasta su resolución; sin perder de vista las comunicaciones y notificaciones relacionadas con la solicitud que llegaran a hacer las unidades administrativas de la dependencia ante la que se realiza.

Lo anterior deberá observarse, tomando en cuenta las formalidades previstas en cada una de las gestiones en cuestión, según el medio de su presentación y la normatividad aplicable.

Un ejemplo de esas formalidades son las previstas en el acuerdo secretarial en materia de trámites a distancia, publicado en el DOF del 4 de agosto de 2021, en el cual se establecen los requisitos y formalidades a cumplir para realizar trámites o solicitar servicios ante la Secretaría de Economía (SE) empleando sistemas tecnológicos; los casos a los que aplica; y como debe proceder la autoridad en las notificaciones o resoluciones, etc.

En la edición 494 de IDC Asesor Fiscal, Jurídico y Laboral, de fecha 15 de septiembre de 2021, se podrá consultar lo relacionado con dicho acuerdo de la SE.