Cumpla en tiempo y forma las obligaciones que deben observarse por la empresa en enero y febrero, según se trate
Obligaciones | Plazo | |
Mensuales | ||
Avisar sobre las transferencias realizadas en el mes inmediato anterior por submaquila | ||
Obligados: | IMMEX que transfieran mercancías a terceras personas para llevar esas operaciones | Durante los primeros cinco días de cada mes |
Receptora: | Administración Descentralizada de Auditoría de Comercio Exterior (ADACE) | |
Fundamentos: | Arts. 169, RLA, 21 y 22, Decreto IMMEX; y regla 4.3.7., RGCE 2022 | |
Presentar el aviso de exportación temporal de acoplamientos o dispositivos de enganche "nacionales o nacionalizados" | ||
Obligados: | Exportadores de esos bienes que sean utilizados en el traslado de tractocamiones a EUA | En los primeros cinco días de cada mes calendario |
Receptora: | Aduana por la cual fueron exportados de manera temporal | |
Fundamentos: | Arts. 113, 115 y 116, LA y 3, RLA; y regla 4.4.6., fracc. VI, inciso a), RGCE 2022 | |
Enviar el reporte electrónico de las mercancías que causaron abandono a favor del fisco federal en el mes inmediato anterior, en el recinto fiscalizado | ||
Obligados: | Personas autorizadas para prestar los servicios de manejo, almacenaje y custodia de mercancías de comercio exterior | Dentro de los primeros cinco días de cada mes |
Receptora: | Aduana de la circunscripción que les corresponda | |
Fundamentos: | Art. 15, fracc. III, LA; y regla 2.2.1., RGCE 2022 | |
Transmitir electrónicamente la información de las operaciones realizadas vía postal | ||
Obligados: | SEPOMEX | En los primeros cinco días del mes siguiente al despacho |
Receptora: | Autoridad aduanera | |
Fundamentos: | Arts. 21, 82, 83 y 88, LA; y regla 3.7.2., fracc. III, RGCE 2022 | |
Presentar el registro de las enajenaciones de los candados oficiales efectuados | ||
Obligados: | Personas morales autorizadas para fabricar o importar candados oficiales | Primeros cinco días del mes siguiente al que corresponda |
Receptora: | Autoridad aduanera | |
Fundamentos: | Art. 16-D, LA; y regla 1.7.4., fracc. IV, RGCE 2022 | |
Transmitir electrónicamente una relación detallada de los pedimentos tramitados ±bajo procedimiento simplificado± en el mes calendario anterior, tratándose de tráfico aéreo | ||
Obligados: | Empresas de mensajería y paquetería registradas | Primeros cinco días del mes siguiente al que corresponda |
Receptora: | Administración Central de Investigación Aduanera (ACIA), en www.siat.sat.gob.mx/PTSC/ | |
Fundamentos: | Arts. 20, 43 y 88, LA y 240, RLA; y regla 3.7.4., fracc. II, RGCE 2022 | |
Dar aviso de operaciones recurrentes a través de procedimientos simplificados | ||
Obligados: | Empresas de mensajería y paquetería registradas que realicen operaciones para un mismo consignatario o destinatario, o en un mismo domicilio entreguen más de tres operaciones de importación de mercancías, en un mes | Primeros 10 días del mes inmediato siguiente al que corresponda |
Receptora: | ACIA, en: www.siat.sat.gob.mx/PTSC | |
Fundamentos: | Arts. 20, 43 y 88, LA y 240, RLA; y regla 3.7.4., fracc. I, RGCE 2022 | |
Informar en medios magnéticos el precio de cada unidad importada en el mes inmediato anterior | ||
Obligados: | Comerciantes en el ramo de vehículos que realicen la importación definitiva de ellos | En los primeros 10 días naturales de cada mes |
Receptora: | ADACE que corresponda a su domicilio fiscal | |
Fundamentos: | Art. 8, Decreto de vehículos usados; y regla 3.5.7., fracc. I, RGCE 2022 | |
Gestionar el pedimento de importación definitiva por la mercancía robada en el mes inmediato anterior en Duty free | ||
Obligados: | Particulares con autorización para operar Duty free | En los primeros 10 días de cada mes |
Receptora: | Aduana de que se trate | |
Receptora: | Art. 121, fracc. I, LA; y regla 4.5.24., fracc. I, RGCE 2022 | |
Avisar mensualmente de los embarques y desembarques de mercancía importada temporalmente | ||
Obligados: | Quienes importen temporalmente mercancía para utilizarse en plataformas de perforación y explotación, flotantes, semisumergibles, incluso embarcaciones diseñadas para trabajos o servicios de explotación, exploración, tendido de tubería e investigación | Primeros 10 días del mes siguiente al embarque o desembarque de mercancías |
Receptora: | Aduana que corresponda | |
Fundamentos: | Arts. 106, fracc. V, inciso c) y 107, LA; y regla 4.2.11., RGCE 2022 | |
Tramitar pedimento de extracción de mercancía enajenada en Duty free, en el mes inmediato anterior, a pasajeros internacionales, misiones diplomáticas acreditadas ante el gobierno mexicano, etc. | ||
Obligados: | Personas morales autorizadas para operar Duty free | Durante los primeros 10 días de cada mes |
Receptora: | Aduana respectiva | |
Fundamentos: | Art. 121, fracc. I, LA; y regla 4.5.20., RGCE 2022 | |
Entregar información de los vehículos recibidos en transferencia, el NIV y destino de cada vehículo | ||
Obligados: | Empresas de la industria automotriz terminal o manufacturera de vehículos de autotransporte (industria automotriz) con autorización de depósito fiscal que reciban vehículos en transferencia | A más tardar 10 días siguientes al mes de la extracción para su exportación o importación |
Receptora: | Empresas de la industria automotriz terminal o manufacturera de vehículos de autotransporte a las que les transfirieron los vehículos | |
Fundamentos: | Regla 4.5.31., fracc. XXII, último párrafo, RGCE 2022 | |
Cambiar de régimen de importación temporal a definitiva los insumos incorporados en las partes y componentes o de estos, según corresponda, enajenadas en el mes inmediato anterior | ||
Obligados: | Empresas de la industria de autopartes que enajenen partes y componentes | A más tardar dentro de los primeros 10 días de cada mes |
Receptora: | Aduana que corresponda (ante el mecanismo de selección automatizado) | |
Fundamentos: | Regla 7.3.3., fracc. XIX, RGCE 2022 | |
Enterar los aprovechamientos por prevalidación de pedimentos en la importación de remolques, semirremolques, etc. | ||
Obligados: | Personas autorizadas para prestar los servicios | En los primeros 12 días del mes siguiente al pago |
Receptora: | Instituciones de crédito autorizadas, a través del esquema electrónico e5cinco | |
Fundamentos: | Art. 16-B, LA; y regla 1.6.23., RGCE 2022 | |
Enterar los aprovechamientos por prevalidación de pedimentos | ||
Obligados: | Personas autorizadas para prestar los servicios | En los primeros 12 días del mes siguiente al pago |
Receptora: | Instituciones de crédito autorizadas para el cobro de contribuciones de comercio exterior | |
Fundamentos: | Art. 16-A, penúltimo párrafo, LA; y regla 1.8.3., RGCE 2022 | |
Pagar el aprovechamiento del 5 % de la totalidad de los ingresos obtenidos por la prestación de servicios de manejo, almacenaje y custodia de mercancías de comercio exterior, cuando así corresponda | ||
Obligados: | Recintos fiscalizados | Dentro de los primeros 15 días del mes siguiente al pago |
Receptora: | Instituciones de crédito autorizadas, través del esquema electrónico e5cinco | |
Fundamentos: | Art. 15, fracc. VII, LA; y regla 2.3.5., fracc. VII, inciso b), RGCE 2022 | |
Presentar en medios magnéticos la información de los avisos de prórrogas y de no exportación de mercancías | ||
Obligados: | Instituciones de crédito o casas de bolsa autorizadas para operar cuentas aduaneras | A más tardar el último día hábil de cada mes |
Receptora: | Administración General de Aduanas (AGA) | |
Fundamentos: | Regla 1.6.30., último párrafo, RGCE 2022 | |
Exhibir copia del dictamen fiscal de los importes a compensar por recintos fiscalizados | ||
Obligados: | Personas autorizadas para prestar los servicios de manejo, almacenaje y custodia de mercancías de comercio exterior | A más tardar el último día hábil de cada mes |
Receptora: | Administración Central de Planeación y Programación de Comercio Exterior (ACPPCE) | |
Fundamentos: | Art. 15, LA; y regla 2.3.5., fracc. VII, inciso a), RGCE 2022 | |
Expedir y entregar las constancias de transferencia de las mercancías las partes y componentes adquiridos de las empresas de la industria de autopartes, exportados o destinados al mercado nacional | ||
Obligados: | Empresas de la industria automotriz | A más tardar el último día hábil de cada mes |
Receptora: | Empresas de la industria de autopartes quienes les hubieran enajenado esos bienes | |
Fundamentos: | Regla 4.3.17., RGCE 2022 | |
Ingresar electrónicamente la contabilidad | ||
Obligados: | Aquellos: con Registro en el Esquema de Certificación; que garanticen el interés fiscal del IVA e IESPS con fianza o carta de crédito; y con Registro del despacho de mercancías | Mensualmente |
Receptora: | Portal del SAT | |
Fundamentos: | Arts. 98 y 100, LA y 144, fracc. III, RLA; y reglas 7.1.1., fracc. XV, 7.4.2., fracc. VII y 7.5.1., fracc. XV, RGCE 2022 | |
Transmitir el registro de las enajenaciones de los candados electrónicos | ||
Obligados: | Personas morales autorizadas para fabricar o importar candados electrónicos | Mensualmente |
Receptora: | Sistema Electrónico Aduanero (SEA) | |
Fundamentos: | Art. 16-D, LA; y regla 1.7.7., fracc. III, RGCE 2022 | |
Bimensuales | ||
Pagar el derecho de uso, goce o explotación de bienes del dominio público anual por recintos fiscalizados (los derechos se calcularán por ejercicio en pagos provisionales bimestrales) | ||
Obligados: | Personas autorizadas para prestar los servicios de manejo, almacenaje y custodia de mercancías de comercio exterior obligadas | A más tardar el 17 de enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre |
Receptora: | Instituciones de crédito autorizadas, a través del esquema electrónico e5cinco | |
Fundamentos: | Arts. 15, LA y 232-A y 234, Ley Federal de Derechos (LFD); y regla 2.3.5., fracc. VII, inciso c), RGCE 2022 | |
Semestrales | ||
Presentar la documentación que acredite el aprovechamiento del 5 % sobre los ingresos obtenidos por la venta de las mercancías del mes inmediato anterior por Duty free | ||
Obligados: | Particulares con autorización para operar establecimiento Duty free | En enero y julio de cada año |
Receptora: | ACAJA | |
Fundamentos: | Art. 121, fracc. I, inciso a), LA; y regla 4.5.18., fracc. III, RGCE 2022 | |
Anuales | ||
Exhibir la tarifa de los servicios ofrecidos por recintos fiscalizados estratégicos (RFE) | ||
Obligados: | Personas habilitadas y con autorización como recinto fiscalizado estratégico | Primeros 15 días de enero del año en que se aplique la tarifa |
Receptora: | Aduana dentro de cuya circunscripción se encuentre el RFE | |
Fundamentos: | Art. 14-D, LA; y regla 2.3.4., fracc. X, RGCE 2022 | |
Exhibir la póliza de la fianza, contrato de seguro o carta de crédito correspondientes por los recintos fiscalizados | ||
Obligados: | Particulares que obtengan concesión o autorización para prestar los servicios de manejo, almacenaje y custodia de mercancías de comercio exterior | Dentro de los primeros 15 días del mes de enero |
Receptora: | ACAJA | |
Fundamentos: | Arts. 14-B y 15, LA; y regla 2.3.5., fracc. I, RGCE 2022 | |
Exhibir la tarifa de los servicios ofrecidos por recintos fiscalizados | ||
Obligados: | Personas autorizadas para prestar los servicios de manejo, almacenaje y custodia de mercancías de comercio exterior | Dentro de los primeros 15 días de enero del año en que se aplique la tarifa |
Receptora: | Aduana dentro de cuya circunscripción se encuentre el recinto fiscalizado | |
Fundamentos: | Arts. 14-B y 15, LA; y regla 2.3.5., fracc. VI, RGCE 2022 | |
Pagar el derecho anual por la habilitación y autorización de recintos fiscalizados estratégicos | ||
Obligados: | Personas habilitadas y con autorización como recinto fiscalizado estratégico | En enero |
Receptora: | Instituciones de crédito autorizadas, en sus portales o ventanillas bancarias | |
Fundamentos: | Arts. 14-D, LA, 4, quinto párrafo y 40, inciso l, LFD; y regla 2.3.4., fracc. XI, RGCE 2022 | |
Efectuar el pago del derecho anual por la concesión o autorización por la prestación de servicios en recintos fiscalizados | ||
Obligados: | Personas autorizadas para prestar los servicios de manejo, almacenaje y custodia de mercancías de comercio exterior en recintos fiscalizados | Durante enero |
Receptora: | Instituciones de crédito autorizadas, en sus portales o ventanillas bancarias | |
Fundamentos: | Arts. 15, LA, y 4, quinto párrafo y 40, inciso d, LFD; y regla 2.3.5., fracc. VII, inciso d), RGCE 2022 | |
Informar sobre la versión del sistema automatizado de control de inventarios por Duty free | ||
Obligados: | Particulares con autorización para operar establecimiento Duty free | En enero |
Receptora: | ACAJA | |
Fundamentos: | Art. 121, fracc. I, LA; y regla 4.5.18., fracc. XII, RGCE 2022 | |
Pagar los derechos anuales por la autorización de depósito fiscal para someterse al proceso de ensamble y fabricación de vehículos a empresas de la industria automotriz | ||
Obligados: | Empresas de la industria automotriz terminal con autorización para depósito fiscal por un plazo mayor a un año | En enero |
Receptora: | Instituciones de crédito autorizadas, por ventanilla bancaria, o pago electrónico | |
Fundamentos: | Arts. 121, fracc. IV, LA, 183, RLA, y 4, quinto párrafo y 40, inciso b, segundo párrafo, LFD; y regla 4.5.32., fracc. I, RGCE 2022 | |
Pagar el derecho anual por la autorización para prestar los servicios de carga, descarga y maniobras en el recinto fiscal | ||
Obligados: | Las personas morales autorizadas para prestar esos servicios | En enero |
Receptora: | Instituciones de crédito autorizadas, por ventanilla bancaria, o pago electrónico | |
Fundamentos: | Arts. 14-C, LA, 4, quinto párrafo y 40, inciso e, LFD; y regla 2.3.7., fracc. VI, RGCE 2022 | |
Pagar el derecho anual por la autorización para prestar los servicios de prevalidación electrónica de datos de pedimentos | ||
Obligados: | Personas autorizadas para prestar los servicios | En enero |
Receptora: | Instituciones de crédito autorizadas, por ventanilla bancaria, o pago electrónico | |
Fundamentos: | Arts. 4, quinto párrafo y 40, inciso o, LFD; regla 1.8.2., fracc. XII, RGCE 2022 | |
Pagar el derecho anual por la autorización para prestar los servicios de procesamiento electrónicos de datos para importar temporalmente remolques, semirremolques y portacontenedores | ||
Obligados: | Las personas morales autorizadas para prestar esos servicios | En enero |
Receptora: | Instituciones de crédito autorizadas, por ventanilla bancaria, o pago electrónico | |
Fundamentos: | Arts. 16-B, LA, 4, quinto párrafo y 40, inciso p, LFD; y regla 1.9.13., fracc. VI, RGCE 2022 | |
Calcular y cubrir las contribuciones y cuotas compensatorias por operaciones con procedimiento de revisión de origen | ||
Obligados: | Importadores con Registro del despacho de mercancías de las empresas | Determinación: enero Entero: a más tardar el 17 de febrero |
Receptora: | Instituciones de crédito y oficinas autorizadas, por ventanilla bancaria o pago electrónico | |
Fundamentos: | Art. 99, LA | |
Transmitir por ventanilla digital del cálculo de las contribuciones y cuotas compensatorias por operaciones bajo procedimiento de revisión de origen | ||
Obligados: | Empresas que hayan obtenido su inscripción en el registro del despacho de mercancías | A más tardar el último día de febrero |
Receptora: | Ventanilla única de comercio exterior (VUCEM) | |
Fundamentos: | Arts. 98, 99 y 100, LA y 144, RLA; y regla 7.5.2., fracc. VI, RGCE 2022 | |
Informar sobre las mercancías compradas o vendidas contra las registradas en los medidores instalados | ||
Obligados: | Personas autorizadas para introducir o extraer mercancía por ductos, cables o similares | En el primer bimestre del año |
Receptora: | ACAJA | |
Fundamentos: | Arts. 11, 56, fracc. III y 84, LA y 39, RLA; y regla 2.4.4., fracc. II, inciso d), RGCE 2022 | |
Exhibir la documentación que acredite la renovación del registro de empresa productora de vehículos automotores ligeros nuevos | ||
Obligados: | Empresas de la industria automotriz terminal con autorización para depósito fiscal | A más tardar el 15 de febrero |
Receptora: | ACAJA | |
Fundamentos: | Arts. 121, fracc. IV, LA y 183, RLA; y regla 4.5.32., fracc. IV, RGCE 2022 |