Armonizan acuerdos de regulaciones y restricciones no arancelarias
Economía actualizó los listados de las mercancías sujetas a regulaciones y restricciones no arancelarias de la Semarnat y de la Sader
Comercio Exterior
La Secretaría de Economía publicó en el DOF del 18 de noviembre de 2021 el “Decreto por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (TIGIE), el Decreto por el que se establece el Impuesto General de Importación para la Región Fronteriza y la Franja Fronteriza Norte y el Decreto por el que se establecen diversos Programas de Promoción Sectorial”, por medio del cual se crearon y suprimieron diversas fracciones arancelarias en diversos Capítulos de la TIGIE con la finalidad de identificar de manera específica las diversas mercancías que cuentan con Denominación de Origen (Ámbar de Chiapas, Arroz de Morelos, Cacao Grijalva, Café Chiapas, Café Veracruz, Café Pluma, Charanda, el Chile Habanero de la Península de Yucatán, Chile Yahualica, Mango Ataúlfo del Soconusco Chiapas, Mezcal, Olinalá, Sotol, Tequila y Vainilla de Papantla), entre otras.
Para mantener actualizado el marco normativo de comercio exterior, la SE sigue adecuando los acuerdos que sujetan las mercancías al cumplimiento de Regulaciones y Restricciones no Arancelarias (RRNA), con la finalidad de que las fracciones arancelarias, Número de Información Comercial (NICO), descripción y acotaciones que las identifiquen sean acordes con TIGIE.
Por ello, en el DOF del 19 de enero de 2022 dio a conocer, el:
- Acuerdo que modifica el diverso que establece las mercancías cuya importación y exportación está sujeta a regulación por parte de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para incluir el Olinalá, como mercancía objeto de verificación y cumplimiento a lo señalado en las Normas Oficiales Mexicanas fitosanitarias o, en su caso, en los certificados fitosanitarios de importación u hojas de requisitos fitosanitarios, y
- Acuerdo que modifica el diverso que establece las mercancías cuya importación está sujeta a regulación por parte de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, así como la emisión del certificado de origen para la exportación de café, para actualizar el listado de las mercancías sujetas a control y vigilancia en materias como inspecciones en el punto de entrada al país, y a la observancia de los requisitos señalados en el Módulo de Requisitos Fitosanitarios, así como la presentación del certificado de origen expedido por la AMECAFÉ; entre los productos están el chile habanero, el café Veracruz, y café Chiapas, según se trate