Nueva Decisión del TLC: México-Colombia

Economía publicó la Decisión No. 109 de la Comisión Administradora del tratado

La Comisión Administradora del Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Colombia (TLC México-Colombia) adoptó el 11 de febrero de 2022 la Decisión No. 109, por la que se acordó otorgar una dispensa temporal para la utilización de ciertos materiales producidos u obtenidos fuera de la zona de libre comercio en la manufactura de ciertos bienes textiles y del vestido, a efectos de que estos bienes puedan recibir el trato arancelario preferencial establecido en el tratado.

Ante ello la Secretaría de Economía (SE) dio a conocer esa Decisión en la que se otorga una: dispensa temporal para nuevos productos; y la prórroga a ciertas dispensas para la utilización de materiales producidos u obtenidos fuera de la zona de libre comercio, en la manufactura de ciertos bienes textiles y del vestido con el objeto de que estos bienes puedan recibir el trato arancelario preferencial, de conformidad con los artículos 6-21 y 6-24 del TLC México-Colombia. 

Tómese en cuenta que en esta Decisión se prevé otorgar por el periodo del:

  • 16 de marzo de 2022 al 15 de marzo de 2024, una dispensa temporal para nuevos productos, mediante la cual México aplicará el arancel de importación correspondiente a los bienes originarios previstos en su calendario de desgravación del Anexo 1 al artículo 3-04 del citado tratado a: ciertos bienes textiles clasificados en las subpartidas: 6004.10, 6005.31, 6005.32, 6005.33, 6005.34, 6006.31, 6006.32, 6006.33, 6006.34, 6104.63, 6105.20, 6106.20, 6108.22, 6112.31, 6112.41, 6212.10, 6212.20 y 6212.90 elaborados totalmente en Colombia utilizando el material producido u obtenido fuera de la zona de libre comercio, cuya descripción, clasificación a nivel de fracción arancelaria, y cantidades máximas se mencionan en esta Decisión, y
  • 16 de marzo de 2022 al 15 de marzo de 2023, una prórroga para los materiales de la dispensa temporal adoptada en el numeral 2 de la Decisión No. 105 de fecha 14 de diciembre de 2020

Los bienes objeto de la Decisión quedan sujetos a los mecanismos de verificación y certificación del citado tratado.

Esto según el acuerdo difundido en el DOF del 16 de marzo de 2022.