México-Argentina mantienen intercambio comercial de vehículos

Economía publica disposiciones aplicables al comercio bilateral en el sector automotor entre ambos países

El 18 de marzo de 2022 México y Argentina suscribieron el Séptimo Protocolo Adicional al Apéndice I "Sobre el Comercio en el Sector Automotor entre la Argentina y México” del Acuerdo de Complementación Económica N° 55 celebrado entre el MERCOSUR y nuestro país, a través del cual pactaron establecer a partir del 19 de marzo de 2022 y hasta el 18 de marzo de 2025, cuotas de importación para vehículos automóviles de los literales a) y b) del Artículo 1° de dicho Apéndice.

Ahora, la Secretaría de Economía (SE) da a conocer el texto íntegro del citado Séptimo Protocolo Adicional al Apéndice I, en el que se acordó:

  • mantener vigentes todas las disposiciones del ACE-55, de sus anexos y del Apéndice I “Sobre el Comercio en el Sector Automotor entre la Argentina y México” (Apéndice I) que no contravengan las disposiciones convenidas en este Protocolo, y
  • exclusivamente en lo que respecta a los citados vehículos, que las partes concederán de forma recíproca, por un período de tres años, arancel cero a las cuotas de importación anuales de conformidad con los términos siguientes:

Periodo

Cuotas anuales (valor FOB) en dólares

Del 19 de marzo de 2022 hasta el 18 de marzo de 2023

773 125 578

Del 19 de marzo de 2023 hasta el 18 de marzo de 2024

773 125 578

Del 19 de marzo de 2024 hasta el 18 de marzo de 2025

773 125 578

Esto lo publicó la SE en el “Acuerdo por el que se da a conocer el Séptimo Protocolo Adicional al Apéndice I Sobre el Comercio en el Sector Automotor entre la Argentina y México, del Acuerdo de Complementación Económica No. 55 (ACE-55) celebrado entre el MERCOSUR y los Estados Unidos Mexicanos”, del DOF del 5 de abril de 2022.