El 18 de marzo de 2022 México y Argentina suscribieron el Séptimo Protocolo Adicional al Apéndice I "Sobre el Comercio en el Sector Automotor entre la Argentina y México” del Acuerdo de Complementación Económica N° 55 celebrado entre el MERCOSUR y nuestro país, a través del cual pactaron establecer a partir del 19 de marzo de 2022 y hasta el 18 de marzo de 2025, cuotas de importación para vehículos automóviles de los literales a) y b) del Artículo 1° de dicho Apéndice.
Ahora, la Secretaría de Economía (SE) da a conocer el texto íntegro del citado Séptimo Protocolo Adicional al Apéndice I, en el que se acordó:
- mantener vigentes todas las disposiciones del ACE-55, de sus anexos y del Apéndice I “Sobre el Comercio en el Sector Automotor entre la Argentina y México” (Apéndice I) que no contravengan las disposiciones convenidas en este Protocolo, y
- exclusivamente en lo que respecta a los citados vehículos, que las partes concederán de forma recíproca, por un período de tres años, arancel cero a las cuotas de importación anuales de conformidad con los términos siguientes:
Periodo
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Cuotas anuales (valor FOB) en dólares
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Del 19 de marzo de 2022 hasta el 18 de marzo de 2023
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773 125 578
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Del 19 de marzo de 2023 hasta el 18 de marzo de 2024
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773 125 578
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Del 19 de marzo de 2024 hasta el 18 de marzo de 2025
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773 125 578
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Esto lo publicó la SE en el “Acuerdo por el que se da a conocer el Séptimo Protocolo Adicional al Apéndice I Sobre el Comercio en el Sector Automotor entre la Argentina y México, del Acuerdo de Complementación Económica No. 55 (ACE-55) celebrado entre el MERCOSUR y los Estados Unidos Mexicanos”, del DOF del 5 de abril de 2022.