2da. reforma a las RGCE 2022

Revise cuales son las obligaciones aduaneras que se posponen su cumplimiento hasta el 1o. de octubre de 2022

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El SAT dio a conocer en su portal la “Primera versión anticipada de la Segunda Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE) 2022”; en la que se prevé prorrogar –del 31 de marzo hasta el 1o. de octubre de 2022– el cumplimiento de las obligaciones relativas al folio fiscal del CFDI (de ingreso o traslado) con el complemento de carta porte.

Tómese en cuenta que será hasta esa fecha cuando dicho dato se tendrá que:

  • incluir en el aviso de arribo, tratándose de la salida de mercancías del territorio nacional por ferrocarril, que se transmite electrónicamente a la Ventanilla Digital antes del arribo del ferrocarril a la aduana de salida, con la información del equipo de ferrocarril (regla 1.9.11., fracc. I, inciso b, numeral 8)
  • transmitir en documento electrónico al Sistema Electrónico Aduanero, esto, tratándose del despacho de mercancía mediante transmisión de información (regla 2.4.12., fracc. I, inciso f); y sin presentar impresiones de pedimentos, aviso o copias simples (regla 3.1.33., fracc. I, inciso g)
  • consignar en el dispositivo tecnológico, esto dentro del procedimiento para tramitar un documento aduanero (regla 3.1.15., fracc. V)
  • indicar para cada una de las remesas realizadas, en el despacho aduanero con pedimento consolidado (regla 3.1.32., fracc. VIII y penúltimo párrafo), y
  • contener en la lista de intercambio que se transmite tanto a la aduana de inicio como de salida, en transporte ferroviario con traslado de mercancías destinadas al régimen de tránsito (regla 4.6.8., fracción II, inciso h)

La Resolución entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el DOF y su contenido surtirá sus efectos en términos de la regla 1.1.2. de las RGCE 2022.

Al cierre de esta edición aún no se ha publicado en el DOF la citada reforma a las RGCE.