Aceite epoxidado de soya sigue con cuota compensatoria

La Secretaría de Economía ha concluido que de eliminarse la cuota compensatoria seguirían las prácticas desleales

Quienes importan aceite epoxidado de soya, originario de Argentina, independientemente del país de procedencia, tendrán que seguir pagando la cuota compensatoria de 24.66 % por cinco años más, por prácticas desleales al comercio internacional.

Así lo dio a conocer la Secretaría de Economía (SE) en la “Resolución final del procedimiento administrativo de examen de vigencia de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de aceite epoxidado de soya originarias de la República Argentina, independientemente del país de procedencia”, publicada en el DOF el 2 de agosto de 2022.

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A través de esta resolución que entrará en vigor el mismo 3 de agosto de 2022, la SE determinó –con base en los resultados de un análisis realizado al efecto– que existen elementos suficientes para sustentar que, de eliminarse la cuota compensatoria, continuaría o se repetiría la práctica de dumping en las exportaciones a México de aceite epoxidado de soya originarias de Argentina.

Tómese en cuenta que el nombre genérico del producto objeto de examen es aceite epoxidado de soya o soja –como se conoce en Argentina–, ESO (por sus siglas en inglés de epoxidized soybean oil) o ESBO (por sus siglas en inglés de epoxidized soybean oil).

Este producto actúa como plastificante y co-estabilizador en el PVC; y se utiliza, por ejemplo, en diversas aplicaciones de la industria de plásticos.