IDC le extiende una cordial invitación a nuestros seminarios: Aspectos legales y fiscales de transmisión inmobiliaria y Fusión de sociedades: Aspectos fiscales y corporativos a evaluar, que se llevarán a cabo el 8 y 22 de septiembre de 2022, respectivamente. En esta liga puede consultar los temarios e inscribirse si así lo desea.
México y Ecuador tienen suscrito el Acuerdo de Alcance Parcial de Renegociación No. 29 –al amparo de la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI)–; a través del cual se otorgan preferencias arancelarias porcentuales.
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Las preferencias arancelarias porcentuales que actualmente nuestro país otorga a las mercancías originarias del Ecuador están publicadas en el “Acuerdo por el que se dan a conocer las preferencias arancelarias del Acuerdo de Alcance Parcial de Renegociación No. 29 celebrado entre los Estados Unidos Mexicanos y la República del Ecuador”, del 27 de diciembre de 2020. Este acuerdo pronto quedará sin efectos.
Así es, la Secretaría de Economía difundió en el DOF del 2 de septiembre de 2022 el similar que lo abrogará; se trata del “Acuerdo por el que se dan a conocer las preferencias arancelarias del Acuerdo de Alcance Parcial de Renegociación No. 29 celebrado entre los Estados Unidos Mexicanos y la República del Ecuador”.
El acuerdo está actualizado con los cambios derivados de la Nueva Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (nueva LIGIE), la cual instrumenta la Séptima Enmienda al Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías de la OMA.
El acuerdo entrará en vigor el mismo día que la nueva LIGIE.