Buscan migrar vuelos de carga del AICM al AIFA

Las aerolíneas cargueras contarían con 90 días hábiles para reubicar sus operaciones

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 .  (Foto: iStock)

La saturación que existe en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM) motivó un anteproyecto de decreto para que las aerolíneas cargueras nacionales de dicha base aérea, muevan sus operaciones al Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles (AIFA).

Durante la conferencia matutina de este jueves 19 de enero, el presidente Andrés Manuel López Obrador dijo que su intención es que los aviones de carga que aterrizan en el aeródromo capitalino, lo hagan en el nuevo aeropuerto para evitar incidencias como la ocurrida en Nueva York, donde dos aeronaves del Aeropuerto Internacional John F. Kennedy estuvieron a punto de chocar.

El mandatario destacó que su propuesta no busca imponerse a las aerolíneas cargueras, pero debido a la sobredemanda que tiene el AICM, se está llegando a un consenso “con agencias aduaneras, con quienes se dedican al transporte de carga en aviones”, y todos los agentes involucrados en esta actividad, y una vez se tenga un resultado, se anunciará la decisión.

El anteproyecto de “Decreto que establece el cierre del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México “Benito Juárez”, para las operaciones del servicio al público de transporte aéreo que se indica”, publicado el pasado 17 de enero de 2023, señala en su artículo quinto transitorio lo siguiente:

“Los concesionarios y permisionarios que proporcionen el servicio al público de transporte aéreo, nacional e internacional regular y no regular exclusivo de carga, con la excepción prevista en el presente decreto, cuentan con un plazo máximo de 90 días hábiles, a partir de la entrada en vigor del presente decreto, para reubicar sus operaciones fuera del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México “Benito Juárez”.

Lo anterior significa que de aprobarse, las aerolíneas cargueras tendrían máximo a inicios del segundo trimestre del año para reubicar sus operaciones en el AIFA.

Adicionalmente, el mismo documento señala “los concesionarios y permisionarios que presten servicios combinados de pasajeros y de carga, siempre que la carga sea transportada en las mismas aeronaves que los pasajeros”, quedarían exceptuados de esta decisión y podrán continuar con operaciones en el AICM.