Regulan glifosato y agroquímicos como ingredientes activos

Sader publica acciones para el glifosato, agroquímicos con este ingrediente activo y maíz genéticamente modificado

La Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (Sader) estableció las acciones que deberán llevar a cabo las dependencias y entidades que integran la administración pública federal, en relación con el uso, enajenación, distribución, promoción e importación de la sustancia química denominada glifosato y de agroquímicos que lo contienen como ingrediente activo y de maíz genéticamente modificado, para salvaguardar la salud, un medio ambiente sano y la seguridad y autosuficiencia alimentaria.

Esto lo dio a conocer la Sader en el “Decreto por el que se establecen diversas acciones en materia de glifosato y maíz genéticamente modificado”, publicado en la edición vespertina del DOF del 13 de febrero de 2023, el cual entró en vigor al día siguiente.

En este decreto se instruye a estas dependencias y entidades para que, en el ámbito de sus competencias se abstengan de adquirir, utilizar, distribuir, promover e importar maíz genéticamente modificado, así como glifosato o agroquímicos que lo contengan como ingrediente activo, para cualquier uso, en el marco de programas públicos o de cualquier otra actividad del gobierno; e incluso a fijar las medidas de seguridad e imponer las sanciones que correspondan en el marco del mismo.

Asimismo, en congruencia con las políticas de autosuficiencia alimentaria del país y la protección a la salud de la población y al medio ambiente, dichas dependencias y entidades también revocarán y se abstendrán de otorgar autorizaciones y permisos para la importación, producción, distribución y uso de glifosato, y efectuarán las medidas para el establecimiento y generación de alternativas y prácticas sostenibles y culturalmente adecuadas, que permitan mantener la producción agrícola y resulten seguras para la salud humana, la diversidad biocultural del país y el medio ambiente, libres de sustancias tóxicas que representen peligros agudos, crónicos o subcrónicos.

El periodo de transición para el desarrollo y escalamiento de estos hechos será el comprendido de la fecha de entrada en vigor de este decreto y hasta el 31 de marzo de 2024.

Este decreto abrogó el decreto por el que se establecen las acciones que deberán realizar las dependencias y entidades que integran la administración pública federal, en el ámbito de sus competencias, para sustituir gradualmente el uso, adquisición, distribución, promoción e importación de la sustancia química denominada glifosato y de los agroquímicos utilizados en nuestro país que lo contienen como ingrediente activo, por alternativas sostenibles y culturalmente adecuadas, que permitan mantener la producción y resulten seguras para la salud humana, la diversidad biocultural del país y el ambiente del 31 de diciembre de 2020.