ANAM, ¿operará en semana santa?

Revise que días “santos” son inhábiles para la Agencia Nacional de Aduanas de México

Esto es así porque los citados días son inhábiles para la ANAM, por lo tanto, en estos no se computarán los plazos y términos legales correspondientes en los actos, trámites y procedimientos que se sustanciarán ante las unidades administrativas de la misma.

No obstante, tómese en cuenta que, si habrá personal para la operación y continuidad en el ejercicio de las facultades conferidas y el despacho aduanero, de acuerdo con lo previsto en los artículos 13 del CFF, 1o., 10, 18, 19, 35, 36 y 43 de la Ley Aduanera; y 14 de su Reglamento, en relación con el Anexo 4, horario de las aduanas, de las Reglas Generales de Comercio Exterior vigentes.

Así lo publicó la SHCP en el “Acuerdo por el que se dan a conocer los días inhábiles de 2023, para la Agencia Nacional de Aduanas de México”, del DOF del 5 de abril de 2023.

Tal acuerdo entró en vigor el día de su difusión en el DOF.