Los desperdicios generados de los procesos productivos de las empresas IMMEX deben retornarse al extranjero, antes de que venza el plazo de estadía de la mercancía importada temporalmente de donde resultaron.
Pero, y si no hay forma de retornar los desperdicios debido a que no hay quien los reciba en el extranjero, ¿habría la posibilidad transferirlos a otras empresas con programa IMMEX? y dejarlos en México.
Pues bien, ello es factible y podría llevarse a cabo, siempre y cuando se cumplan los requisitos establecidos al efecto, entre ellos, que la transferencia de los desperdicios resultantes:
- sea a una empresa IMMEX de servicios que cuente con autorización para operar bajo la actividad de reciclaje o acopio de desperdicios, y
- mediante operaciones virtuales, esto es, que se tramiten los pedimentosde retorno virtual a nombre de quien transfiere los desperdicios, y el de importación temporal a nombre de quien los recibe
Todo lo anterior en términos del artículo 109 de la Ley Aduanera y las reglas 1.6.9. y 4.3.21 de las Reglas Generales de Comercio Exterior 2023.