¿Cómo emitir el CFDI de tipo Traslado con complemento Carta Porte?
La Carta Porte es un documento fiscal digital que se emite por la prestación de servicios de autotransporte
Comercio Exterior
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) recordó que a partir del 1 de abril de 2024, las empresas de autotransporte están obligadas a emitir la versión 3.0 de la Carta Porte, indicó la compañía de software administrativo, Siigo-Aspel, que recordó, las organizaciones están obligadas a seguir emitiendo el “documento en su versión 2.0 actual”.
En un comunicado fechado al 20 de febrero de 2024, Siigo-Aspel explicó que si una factura electrónica emitida a un cliente por sus servicios de transportación no contiene el complemento Carta Porte, esta no podrá utilizarse para amparar deducciones fiscales, por ello debe tenerse presente y contar con una “contabilidad estricta”.
¿En qué consiste este documento? El software expuso que de acuerdo con la autoridad fiscal, se trata de un documento fiscal digital “que se emite por la prestación de servicios de autotransporte”, y este trámite “tiene como objetivo manifestar la obtención del ingreso, al cual se le incorpora el complemento Carta Porte”.
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Emisión CFDI de tipo Traslado con complemento Carta Porte
Siigo-Aspel enfatizó en que las plataformas pueden ayudar a hacer facturas electrónicas, así como pagos de nómina, y aunque fue un alivio que con la Resolución Miscelánea Fiscal 2024 se extendiera hasta el 31 de marzo de 2024 la obligación de utilizar el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) con Complemento Carta Porte en su versión 3.0, las empresas siguen obligadas a emitir el documento en su versión 2.0 actual.
Y para facilitar el cumplimiento de este trámite, se compartieron cuáles son los requisitos para obtener el documento para el traslado de mercancías en territorio nacional; el primero y más importante es estar dado de alta en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), así como y contar con el permiso correspondiente otorgado por la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT).
Al hacer el traslado de los bienes o mercancías, se necesita contar con información relacionada al traslado de dichos bienes o mercancías y posteriormente se realizará la captura en el CFDI de los servicios de transportación que serán prestados, así como el Complemento de la Carta Porte, además de informar sobre lo que se transportará, ubicaciones de origen, puntos intermedios y destinos.
Además, se deberá contar con información de los propietarios, arrendatarios y operadores, además de los datos del autotransporte; lo cual ayudará a acreditar la legal tenencia mediante su representación impresa o el archivo digital correspondiente.
Hay que tomar en cuenta que este trámite se debe realizar si se es propietario, poseedor o tenedor de los bienes o mercancías que requieren traslado, y esto último debe realizarse por medios propios.