Operaciones IMMEX: Plazo final para reportar es agosto

Subsane las irregularidades que le impiden cumplir con el reporte de sus operaciones de comercio exterior 2023

A más de un mes de haber vencido el plazo (31 de mayo) para presentar en tiempo “normal” el reporte anual de operaciones de comercio exterior IMMEX; en esta segunda oportunidad, aún hay titulares que siguen sin observar esta obligación, entre otras razones, por no tener registrados en la Secretaría de Economía (SE) los domicilios (local comercial, talleres, bodegas, etc.) en los que realizan sus operaciones amparo de su programa IMMEX.

Esta es una causal muy común –y aunque parezca raro– los contribuyentes se dan cuenta de ello cuando al ingresar con su e-firma a la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior (VUCEM), esta no valida esos domicilios, y se emite un mensaje con el error detectado e impide seguir con el trámite.

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Validación y registro de domicilios

Ante una situación como esta, se debe solicitar ante el SAT la validación del domicilio como localizado y su verificación.

Y ya concretado, registrar en la Secretaría de Economía (SE) por conducto de la VUCEM la alta de esos domicilios, cuya resolución se emite en un plazo de 10 días hábiles.

Reporte

Y será hasta que estén dados de alta esos domicilios, cuando el titular estará en condiciones para presentar este reporte de 2023 en la VUCEM, recordando que se tiene como fecha límite el último día hábil de agosto de este año; de no hacerlo, dicho programa de fomento a las exportaciones será cancelado automáticamente a partir del 1o. de septiembre de 2024.

El IMMEX se reactivará, a más tardar dos días hábiles posteriores a la presentación del citado reporte.

Difusión de IMMEX suspendidos  

Por otra parte, es de comentar que la SE está por publicar en el DOF la lista de los números de programa IMMEX suspendidos por la falta de presentación del reporte anual de operaciones de comercio exterior 2023, y por incongruencias fiscales (arts. 11, fracc. III y 25 Decreto IMMEX; y regla 3.2.16., Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite Reglas y criterios de carácter general en materia de comercio exterior).

En la revista digital número 558 de fecha 30 de junio de 2024 se podrán consultar los aspectos relacionados con el proceso que lleva a cabo la SE para suspender o cancelar el IMMEX a los titulares incumplidos.

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