Los contribuyentes deben saber que se avecinan cambios importantes en materia de comercio exterior, ello es así porque el SAT ya dio a conocer la primera versión anticipada de la Segunda Reforma a las Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE) 2024, la cual anuncia cambios, entre otros, los relacionados con:
la autorización y renovación para operar cuentas aduaneras o cuenta aduaneras de garantía
empresas de mensajería y paquetería registradas (despacho con procedimiento simplificado, causales de cancelación del registro)
certificación en materia de IVA e IESPS (para recintos fiscalizados estratégicos, requisitos para los rubros A, AA y AAA)
registro de certificación de empresas modalidades de comercializadora e importadora, Operador Económico Autorizado (OEA), Socio Comercial Certificado, e incluso respecto a obligaciones, causales de requerimiento, cancelación y suspensión del registro y renovaciones
garantía del interés fiscal de IVA e IESPS mediante fianza o carta de crédito (requisitos para la aceptación, renovación, modificación, actualización de datos, causales de cancelación y de requerimientos)
registro de despacho de mercancías de las empresas (requisitos, obligaciones, requerimientos, renovación y causales de suspensión)
El documento está visible en el siguiente enlace.
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Entrada en vigor
La resolución entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el DOF. Por lo que se refiere a las disposiciones dadas a conocer de manera anticipada en el portal del SAT, su contenido surtirá sus efectos en términos de la regla 1.1.2., de las RGCE 2024.
Medidas para evitar abusos de los contribuyentes
A la par, a través del comunicado 056/2024, el SAT también ha externado que publicó modificaciones a la normatividad para fortalecer el combate a prácticas abusivas, entre otras, en materia de comercio exterior, tales como:
reforzar la supervisión para que las empresas de mensajería identifiquen a quienes importan mercancías de Asia sin pagar impuestos, y verificar que las mercancías declaradas son las mismas que fueron enviadas
implementar nuevos requisitos para que las empresas que realizan importaciones temporales obtengan el registro como empresa certificada, o bien, la aceptación de la garantía del IVA e IESPS a efecto de asegurar que las mercancías retornen al extranjero
precisar que los agentes y las agencias aduanales pueden ser sancionados por cometer infracciones relacionadas con la importación o exportación, dado que participan en el despacho aduanero
esclarecer que es una práctica indebida introducir al país mezclas compuestas esencialmente de azúcar con carbón activado o con sustancias análogas o similares, y una vez en el país separar o eliminar este último componente, con la finalidad de no pagar los impuestos
Y en materia de contribuciones domésticas, en que quienes adquieran bienes de propiedad extranjera en México deberán retener el IVA.
Lo anterior puede consultarse en este enlace.