A finales de diciembre de cada año diversas autoridades aduaneras y de comercio exterior, entre ellas, las secretarías de Economía (SE), y de Hacienda y Crédito Público (SHCP) dieron a conocer diversas publicaciones que impactan a los importadores y exportadores, y demás involucrados en estas materias; y diciembre de 2024 no fue la excepción.
Es así porque del 23 al 31 de este mes se difundieron en el Diario Oficial de la Federación (DOF)los siguientes avisos, resoluciones antidumping, e incluso prórroga a instrumentos que otorgan facilidades.
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Resoluciones antidumping
En materia de prácticas desleales al comercio internacional fueron las siguientes, para los efectos señalados:
- Resolución Final del procedimiento administrativo de investigación antidumping sobre las importaciones de microalambre para soldar originarias de la República Socialista de Vietnam, independientemente del país de procedencia, en la cual se declaró concluido este procedimiento, e impuso una cuota compensatoria definitiva de 36.23 % (SE, DOF del 23 de diciembre)
- Resolución por la que se declara el inicio del procedimiento administrativo de examen de vigencia de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de ollas de presión de aluminio originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia, en la que se declaró el inicio de este procedimiento; fijaron como periodos de examen y de análisis los comprendidos del 1o. de octubre de 2023 al 30 de septiembre de 2024; y del 1o. de octubre de 2019 al 30 de septiembre de 2024, respectivamente, y dispuso que la cuota compensatoria definitiva de 92.64 % continuará vigente mientras se tramita este procedimiento (SE, DOF del 24 de diciembre)
Aviso de eliminación de cuotas compensatorias
A través del Aviso de la eliminación de las cuotas compensatorias definitivas impuestas a las importaciones de bobinas de papel aluminio originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia, la SE comunicó que se eliminaron –a partir del 28 de diciembre de 2024– las cuotas compensatorias definitivas impuestas a esas importaciones, calculadas como la diferencia entre el precio de importación correspondiente al valor en aduana en términos unitarios y el precio de referencia de 3.4817 dólares por kilogramo, sin rebasar los siguientes márgenes de discriminación de precios:
- 0.17968 dólares por kilogramo para Five Star;
- 0.6588 dólares por kilogramo para Jiangsu Zhongji, y
- 1.1634 dólares por kilogramo para Boxing Ruifeng, y las demás empresas exportadoras, que actualmente ingresan a través de la fracción arancelaria 7607.11.01, o por cualquier otra (SE, DOF del 27 de diciembre)
Aviso de ajuste ordinario de exportación de azúcar a EUA
La SE comunicó el ajuste ordinario de septiembre de 2024 al monto del cupo máximo para exportar a los Estados Unidos de América (EUA) azúcar originaria de los Estados Unidos Mexicanos que derive de la caña de azúcar o de remolacha del ciclo azucarero comprendido del 1o. de octubre de 2024 al 30 de septiembre de 2025, por un monto de 358,303.973 Toneladas métricas valor crudo (SE, DOF del 24 de diciembre).
Prórrogas
Se prorrogó del 31 de diciembre de 2024 al 31 de diciembre de 2025, la vigencia de el:
- Convenio que celebran el gobierno federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Estado Libre y Soberano de Sonora, para la internación e importación temporal de vehículos al Estado de Sonora, publicado el 25 de noviembre de 2005 (SHCP, 30 de diciembre)
- Decreto de la zona libre de Chetumal (SHCP, 31 de diciembre)
- Decreto por el que se exenta el pago de arancel de importación y se otorgan facilidades administrativas a diversas mercancías de la canasta básica y de consumo básico de las familias (SE, 31 de diciembre)