SE adecúa criterios de asignación de cupos de llantas
usadas para comercializar

Usuarios de los permisos para importar llantas usadas tienen una nueva obligación; de cuál se trata
El 16 de enero de 2025 la Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior (DGFCCE) de la Secretaría de Economía (SE) publicó en el portal del Servicio Nacional de Información de Comercio Exterior (SNICE) el oficio No. 516.2025.0092 Criterios y requisitos para la emisión de permisos previos de importación de llantas usadas.
Específicamente este oficio dio a conocer los criterios de asignación del cupo para importar llantas usadas durante el periodo enero-diciembre 2025 para la emisión de permisos previos de importación de llantas usadas para comercializaren el municipio de Ciudad Juárez, Chihuahua; en el Estado de Baja California; y a la región parcial del Estado de Sonora, celebrados con la SE y esas entidades.
Los usuarios de los permisos para importar llantas usadas en esas localidades deben tomar en cuenta que la DGFCCE ha decidido ajustar esos criterios de asignación del cupo con el propósito de que la cuota disponible del ejercicio enero-diciembre 2025 pueda utilizarse al 100 %.
Las adecuaciones se difundieron en el oficio No. 516.2025.2474, visible en el portal del SNICE.
Entre las modificaciones se establece que, para la segunda asignación de cuotas, las empresas con antecedentes de asignación deben presentar los Comprobantes Fiscales Digitales (CFDI´s) que correspondan al 50 % de los neumáticos comercializados en la localidad correspondiente a la primera asignación de la asignación. Aquellas sin antecedentes de asignación deben demostrar el desecho del 100 % de la disposición de los neumáticos autorizados en la asignación previa.
Por otra parte, se dispone que los beneficiarios con antecedentes de asignación tienen que demostrar en septiembre de este año el 80 % del desecho de los neumáticos autorizados en el periodo enero-agosto del 2025, y en enero de 2026 el desecho del 100 % (incluyendo las mermas); quienes incumplan esta obligación no podrán ser beneficiarios del cupo de los años 2026 y 2027 (art. Quinto BIS).
La constancia de desecho se enviará por correo electrónico a la dirección dgfcce.gestión@economia.gob.mx, señalando en el Asunto “CONSTANCIA DE DESECHO DE LLANTAS USADAS”, y en el cuerpo del correo los datos de la clave del Registro Federal de Contribuyentes y nombre del solicitante.