Eliminan aviso automático de exportación: lo que sigue

Se espera la publicación del proyecto del acuerdo que deroga el diverso que sujeta al requisito de aviso automático de exportación
Los exportadores deben saber que el “Acuerdo que sujeta al requisito de aviso automático de exportación las mercancías que se indican”, a través del cual la Secretaría de Economía (SE) estableció un nuevo esquema de control administrativo en la salida de territorio nacional de mercancías específicas –cuya entrada en vigor (4 de junio de 2025) se prorrogó en dos ocasiones (7 de julio y 11 de agosto de este año)–, será derogado.
Al respecto, la SE comunicó que se publicará en el portal de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer), y posteriormente en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el “proyecto del Acuerdo por el que se deroga el diverso por el que se sujeta al requisito de aviso automático de exportación las mercancías que se indican”.
Esto se dio a conocer en el portal del Servicio Nacional de Información de Comercio Exterior (SNICE), en el Boletín: B. SNICE 005/2025.
El citado acuerdo de aviso automático de exportación se difundió en el DOF del 3 de junio de 2025; y las prórrogas en los oficios No. 516.2025.1850 y No. 516.2025.2089 de la Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior (DGFCCE) en el portal del SNICE.
Incluso en el oficio No. 516.2025.2089 de la DGFCCE, además de la postergación de la aplicabilidad de ese acuerdo, se había determinado excluir de ese requisito a prácticamente todas las mercancías referidas en el mismo, quedando la obligación solamente para unas cuantas –identificadas en cinco fracciones arancelarias–.
Conforme a lo anterior, el requisito no arancelario sería exigible para las mercancías de las fracciones arancelarias 8411.12.01, 8414.80.99, 8503.00.99, 8504.23.01 y 8544.70.01.