Inicia revisión de cuota compensatoria al acero sin costura
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La Secretaría de Economía comenzó el examen de vigencia de la cuota compensatoria impuesta a la tubería de acero sin costura originaria de Japón, lo que es una medida clave para proteger la industria nacional
Las cuotas compensatorias definitivas se eliminan en un plazo de cinco años contados a partir de su entrada en vigor, a menos que la Secretaría de Economía (SE) haya iniciado antes de concluir dicho lapso, un examen de vigencia derivado de la manifestación de interés de uno o más productores nacionales.
Por ello, una empresa en su calidad de productor nacional, manifestó en tiempo y forma su interés en que se iniciara el examen de vigencia de la cuota compensatoria –99.9 %– impuesta a las importaciones de tubería de acero sin costura originarias de Japón y, al actualizarse los supuestos previstos en la legislación de la materia la SE procedió a iniciarlo.
Los periodos de examen y de análisis fijados por la SE son los comprendidos del 1o. de julio de 2024 al 30 de junio de 2025, y del 1o. de julio de 2020 al 30 de junio de 2025, respectivamente.
La “Resolución por la que se declara el inicio del procedimiento administrativo de examen de vigencia de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de tubería de acero sin costura originarias de Japón, independientemente del país de procedencia”, entró en vigor el 5 de noviembre de 2025 y se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) del 4 de noviembre de este mismo año.
En esta resolución la SE:
declaró el inicio del procedimiento administrativo de examen de vigencia de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de tubería de acero sin costura originarias de Japón, independientemente del país de procedencia, que ingresan a través de las fracciones arancelarias 7304.19.01, 7304.19.02, 7304.19.03, 7304.19.99, 7304.39.10, 7304.39.11, 7304.39.12, 7304.39.13, 7304.39.14, 7304.39.15, 7304.39.91, 7304.39.92, 7304.39.99 y 7304.59.99, o por cualquier otra, y
estableció que la cuota compensatoria definitiva de 99.9 %, continuará vigente mientras se tramita el procedimiento de examen de vigencia