Artículos mexicanos sin TLC
Exportar a un país sin TLC; entregue el certificado de origen de artículos mexicanos a su cliente para beneficiarlo, vea cómo tramitarlo
Comercio Exterior
A pesar de que el certificado de origen es requerido para obtener preferencias arancelarias en la importación de mercancías originarias de países con los que se tiene suscrito algún Tratado de Libre Comercio (TLC´s), también suele solicitarse como requisito no arancelario por algunas naciones con las que no se tienen celebrados, o bien, en los bienes no negociados en los mismos; que no cumplan con las normas o requisitos de origen establecidos en ellos; o por los que se requiera obtener las preferencias arancelarias previstas en el esquema establecido en el Sistema Generalizado de Preferencias (SGP).
México actualmente cuenta con 11 TLC´s con países americanos, además de otros con Europa y Medio Oriente, y acuerdos comerciales al amparo de la Asociación Latinoamericana de Integración –ALADI–, pero existen algunas regiones con las que no tiene suscritos TLC´s o acuerdos comerciales, y en ellas se exige a los exportadores acreditar con documentos oficiales que las mercancías son de origen mexicano, como es el caso de China y Taiwán.
Asimismo, Uruguay suele requerir tal certificación en aquellos productos que no se encuentran negociados en el TLC, como es el caso de ciertos bienes textiles (identificados en la fracción arancelaria 6212.20.01) excluidos y por los que se paga tasa general del impuesto general de importación (IGI); o bien, a veces se requiere para obtener una tasa preferencial SGP para importar productos mexicanos, verbigracia, a la Federación de Rusia o Turquía.
En atención al cumplimiento de esa regulación no arancelaria en el extranjero, la Secretaría de Economía (SE) tiene instrumentado un formato oficial de certificado denominado “Certificado de origen de artículos mexicanos”, que sirve como prueba documental, en ella se manifiesta que los productos fueron fabricados en territorio nacional, o en su caso, transformados o elaborados a partir de materias primas importadas que den como resultado un producto diferente, originario de México.
Por la importancia del tema, enseguida se presentan los aspectos a considerar y el procedimiento a seguir para obtener el certificado y su validación ante esa dependencia.
ASPECTOS GENERALES
La SE a través de la Dirección General de Comercio Exterior (DGCE) expedirá el “Certificado de origen de artículos mexicanos” (a requerimiento del exportador), mismo que necesita de su validación, previo cumplimiento de las formalidades correspondientes, según se muestra más adelante.
Formatos oficiales
El trámite deberá presentarse a través de los formatos oficiales:
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Anexo estadístico para obtener un certificado de origen (SE-03-017-1), publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) del 22 de abril de 2010
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“Certificado de Origen de Artículos Mexicanos” publicado en el DOF del 22 de marzo de 1999, el cual contempla información de la declaración del exportador, así como de la validación o certificación, tales como:
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nombre y domicilio de la empresa exportadora y consignatario
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número de orden
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descripción de la mercancía
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cantidad y unidad de medida
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número y fecha de factura
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datos de la autoridad que certifica y del exportador (lugar, fecha y sello)
De libre impresión
Los formatos son de libre impresión y pueden obtenerse, en:
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ventanillas de la DGCE de la SE
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delegaciones y subdelegaciones de la SE, en el interior de la República
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página web de la SE: Trámites, requisitos y formatos; Catálogo de trámites
Lugar de presentación
El trámite para obtener el certificado de origen validado, deberá efectuarse en la SE, esto es, en sus:
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delegaciones
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subdelegaciones
TRÁMITE
La obtención del certificado de origen es gratuita y se gestionará conforme al siguiente procedimiento, el cual se aplica para la comercializadora mexicana que pretende exportar ciertos productos del mar a la Federación de Rusia, quien requiere del documento para importarlos con esquema preferencial SGP, cuyos datos son:
Empresa solicitante: Productos del Mar a la Mexicana, S.A de C.V.
Actividad: Exportación y comercialización
Bienes: Langostas
Fracción arancelaria: 0306.21.01
País a exportar: Federación de Rusia
Trámite: Validación del certificado de origen
1. Obtener el formato de registro de productos elegibles
En primera instancia, los exportadores de productos fabricados en territorio nacional que exporten a los países sin tratado o acuerdo comercial, deberán contar con el Registro de productos elegibles para preferencias y concesiones arancelarias para la obtención de Certificados de Origen para el SGP en el que se manifieste que los productos cumplen con la norma de origen, por ende, pueden considerarse originarios de México; para conseguirlo se utilizará el formato oficial “Registro único de productos elegibles para preferencias y concesiones arancelarias para la obtención de Certificados de Origen ALADI, SGP, Acuerdo Japón y TLC Uruguay” (Homoclave SE-03-051), publicado en el DOF el 22 de abril de 2010.
2. Solicitar el registro
El formato podrá presentarse en original y copia directamente en las ventanillas de atención al público de la DGCE de la SE; en sus delegaciones o subdelegaciones, según se trate; o en su caso, vía Internet en la página www.economia.gob.mx, ventanilla única de Trámites/ (Trámites en línea), Certificados de origen (CEROR).
Para realizar electrónicamente el trámite, se deberá contar con la clave de acceso empresarial al sistema de información de trámites (CAESIT) y el RFC.
3. Recoger el registro autorizado
El registro de productos elegibles será autorizado en un plazo de dos días hábiles siguientes a su presentación. Si dentro de ese plazo la autoridad determina realizar una verificación física de las instalaciones de la empresa, emitirá su respuesta dentro de los 10 días siguientes a la presentación del registro.
La SE otorgará el número de autorización correspondiente al registro de productos elegibles para preferencias y concesiones arancelarias para la obtención de certificados de origen de los productos registrados.
El registro tendrá una vigencia de cinco años, siempre que se trate de productos totalmente elaborados o que incorporen únicamente insumos originarios.
Negativa ficta
De no notificarse la respuesta en dicho plazo, el registro se tendrá por no otorgado.
4. Solicitar la validación del certificado de origen de artículos mexicanos
Ya con la autorización del registro mencionado se presentará (ante las ventanillas de atención al público de la DGCE de la SE, o en su caso, en sus delegaciones o subdelegaciones, según se trate), el original del:
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certificado de origen de artículos mexicanos
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Anexo Estadístico para obtener un Certificado de Origen (FSE3-017-1)
El formato puede llenarse en el programa del disco de captura de certificados de origen (industria y comercio; comercio exterior; discos de captura) y presentarse en CD, con la impresión en original y copia de la información contenida en el mismo.
Tales formatos pueden observarse en:
5. Esperar la respuesta de la validación del certificado
Una vez entregados los documentos debidamente formulados, la autoridad dará respuesta a la solicitud en un plazo de un día hábil; en caso contrario, se entenderá que fue resuelta negativamente (negativa ficta).
De requerirse información adicional o faltante, la autoridad contará con un plazo máximo de un día hábil para solicitar al particular la información faltante.
6. Recibir el certificado de origen de artículos mexicanos validado
La autoridad entregará a los solicitantes en original el certificado de origen de artículos mexicanos, el cual deberá contener:
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número de folio a 12 dígitos
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sello de la SE con nombre del funcionario habilitado
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fecha
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firma autógrafa
Vigencia de los certificados de origen
El certificado de origen tendrá una vigencia de un año, contado a partir de la fecha de su validación.
7. Entregar el certificado de origen al cliente extranjero
El certificado de origen de artículos mexicanos se entregará al importador del país de destino, y éste a su vez al agente aduanal a efecto de su presentación para acreditar el cumplimiento de las regulaciones no arancelarias y ante las autoridades aduaneras que reciben las mercancías en el despacho.
RECOMENDACIONES FINALES
No obstante que el trámite de obtención del certificado de origen de productos mexicanos es rápido, se recomienda considerar lo siguiente:
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previa a la exportación, solicite información del país del cliente extranjero sobre los:
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requisitos en materia de certificación de origen a cumplir, con el objeto de prever y gestionar las certificados de origen para cuando se tenga que enviar la mercancía y poder contar con la documentación correspondiente
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bienes sujetos a cuotas compensatorias y la documentación que debe presentarse al importador para desvirtuar su pago, en el caso de ser idénticos o similares a aquéllos que se introduzcan a esos países en condiciones de prácticas desleales, para ello debe acudir a la Dirección de Asistencia Internacional de la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales de la SE
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en caso de tener duda respecto a cómo aplicar las reglas de origen de que se trate, asesórese con el agente aduanal para que le ayude a aplicar el criterio para determinar el origen de sus productos
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no se deje sorprender, el trámite de validación del certificado de origen es gratuito, ante algún problema, denúncielo a través de:
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los números telefónicos: 56-29-95-52 ó 56-29-95-00, Extensiones: 21212, 21214, 21201 y 21219
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la Secretaría de la Función Pública, SACTEL, en el:
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Distrito Federal: 14-54-20-00
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interior de la República: 01 800 112-05-84
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correo electrónico: sactel@funcionpublica.gob.mx, quejas@funcionpublica.gob.mx
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