Como mexicano residente en el extranjero, a mediados de diciembre de 2012, importé temporalmente un auto con el que ingresé a territorio nacional para pasar las vacaciones navideñas; desafortunadamente regresé al extranjero por una emergencia sin el vehículo.
Ahora que vendré por mis pertenencias a México, entre ellas el indicado bien, requiero saber si existe algún problema para retornarlo, al no presentar ningún aviso de la situación antes descrita en el consulado mexicano donde tramité la autorización de importación.
En primera instancia, en materia aduanera no existe la obligación de avisar las salidas del país de los mexicanos residentes en el extranjero, pues solo las entradas y salidas múltiples, pero de los autos, se registran en el Módulo de Control de Importación e Internación Temporal de Vehículo (CIITEV), ubicados en las aduanas fronterizas de entrada a territorio nacional.
En segundo lugar, el plazo autorizado para retornar los vehículos importados temporalmente por mexicanos residentes en el extranjero es de 180 días naturales de estancia efectiva en el país, computables a partir de la fecha de su ingreso, considerando entradas y salidas múltiples.
En consecuencia, podrá retornar el vehículo al extranjero sin ningún problema y cancelar la importación temporal, y en su caso, solicitar la devolución del depósito en garantía, para lo que es necesario presentar ante el CIITEV el vehículo importado temporalmente, el holograma otorgado al ingreso, y el permiso de importación temporal.