Nuevas reglas de peritaje de la ICC
Las normativas se agrupan en tres reglamentos relacionados con la propuesta y nombramiento de terceros y peritos
Comercio Exterior
La International Chamber of Commerce (ICC) ya cuenta con sus “Reglas de Peritaje 2015”, las cuales sustituyeron desde el 1 de febrero de 2015 a las emitidas en 2003.
Estas reglas son administradas por el Centro Internacional de ADR (siglas en inglés de Alternative Dispute Resoluction) de la ICC, como parte de los servicios prestados para auxiliar –de manera neutral e independiente– a las empresas, jueces, árbitros, u otras partes, en la identificación de los expertos y uso de peritos –en temas técnicos, financieros, legales, etc.– para la resolución de controversias en todo el mundo.
Las nuevas Reglas se agrupan en tres Reglamentos relacionados con la propuesta y nombramiento de terceros y peritos, así como con la administración de procedimientos de peritaje, en la búsqueda de terceros que puedan intervenir en diferentes situaciones en la solución de conflictos, por ejemplo adjudicators, mediadores, evaluadores neutrales o miembros de un dispute board.
Los aspectos generales de esos Reglamentos son los siguientes:
Para las empresas no deben pasar por desapercibidos los servicios prestados por la ICC por conducto del mencionado Centro, al ser una vía –mediante un proceso rápido, ágil y menos costoso– para resolver controversias bajo las premisas de cooperación y buena fe, que las ayudará a continuar con sus operaciones comerciales, sin interrumpirlas por una falta de acuerdo en las negociaciones.
Fuente: Reglas de Peritaje en español, publicadas por la ICC en su página electrónica
www.iccmex.mx/uploads/ICC869-0SPAReglamentossobrePeritos(2015).pdf.