Actualizan el Acuerdo de NOM´s
Si vas a importar autos que usan gasolina, cerciórate que la NOM a cumplir sea la de 2015
Comercio Exterior
Por Irene Vega
La Secretaría de Economía (SE) modificó el Anexo 2.4.1. (Acuerdo de NOM´s) para actualizar la referencia de la NOM-041-SEMARNAT-2006 por la NOM-041-SEMARNAT-2015 –publicada en el DOF del 10 de junio de 2015, que a partir de este 15 de octubre deja sin efectos a la de 2006–.
La NOM de 2015 define los límites máximos permisibles de emisión de gases contaminantes provenientes del escape de los vehículos automotores en circulación que usan gasolina como combustible, y deben acatarla, entre otras personas, los importadores de esas unidades.
Los autos por los que se debe cumplir con esa regulación no arancelaria, a su entrada al país, son los identificados en las fracciones arancelarias 8702.90.06, 8703.21.02, 8703.22.02, 8703.23.02, 8703.24.02, 8704.31.05, 8704.32.07 y 8705.40.02, salvo aquellos de peso bruto vehicular menor de 400 kilogramos, motocicletas, tractores agrícolas, maquinaria dedicada a las industrias de la construcción o minería, indicados en el Anexo 2.4.1. reformado.
El Acuerdo de las NOM´s está incluido en las reglas y los criterios que establecen disposiciones de carácter general en el ámbito de la competencia de la SE.