Bienes nuevos o usados que integran el equipaje

No te vayas de viaje al extranjero sin antes conocer cuáles son los bienes que puedes traer a tu regreso sin pago de impuestos

 (Foto: Cuarto Oscuro)  (Foto: Redacción)

Redacción

Como pasajero internacional residente en el país o en el extranjero, tienes derecho a introducir a México como equipaje las siguientes mercancías, y solo en las cantidades indicadas, por las que no desembolsarás derechos ni impuestos de importación:

Bienes de uso personal (ropa, calzado y productos de aseo y de belleza), acordes a la duración del viaje, incluyendo un ajuar de novia; y artículos para bebés (silla, cuna portátil, carriola, andadera, entre otros, incluidos sus accesorios)
Dos cámaras fotográficas o de videograbación; material fotográfico; tres equipos portátiles de telefonía celular u otras redes inalámbricas; un equipo de posicionamiento global (GPS); una agenda electrónica; un equipo de cómputo portátil de los denominados laptop, notebook, omnibook o similares; una copiadora o impresora portátiles; un quemador y un proyector portátil, con sus accesorios
Dos equipos deportivos personales; cuatro cañas de pesca; tres deslizadores con o sin vela y sus accesorios; y trofeos o reconocimientos, que sean transportados común y normalmente por el pasajero
Un aparato portátil para el grabado o reproducción del sonido o mixto; o dos de grabación o reproducción de imagen y sonido digital y un reproductor portátil de DVD, incluso un juego de bocinas portátiles, y sus accesorios
Cinco discos láser; 10 discos DVD; 30 discos compactos (CD); tres paquetes de software; y cinco dispositivos de almacenamiento para cualquier equipo electrónico
Libros; revistas; y documentos impresos
Cinco juguetes, incluyendo los de colección; una consola y cinco de videojuegos
Dos aparatos: uno para medir la presión arterial y el otro para la glucosa o mixto y sus reactivos; además de los medicamentos de uso personal. Tratándose de sustancias psicotrópicas se mostrará la receta médica correspondiente
Velices; petacas; baúles; y maletas o cualquier otro artículo necesario para el traslado del equipaje
Tratándose de pasajeros mayores de 18 años: un máximo de 10 cajetillas de cigarros; 25 puros o 200 gramos de tabaco; hasta tres litros de bebidas alcohólicas y seis litros de vino
Un binocular y un telescopio
Dos instrumentos musicales y sus accesorios
Una tienda de campaña y los demás artículos para campamento
Para los adultos mayores y las personas con discapacidad, los artículos que por sus características suplan o disminuyan sus limitaciones (andaderas, sillas de ruedas, muletas, bastones, entre otros)
Un juego de herramienta de mano incluyendo su estuche, que podrá comprender un taladro, pinzas, llaves, dados, desarmadores, cables de corriente, etc.

El equipaje deberá ser portado por los pasajeros (arts. 61, fracc. VI, Ley Aduanera –LA– y 98, Reglamento LA; regla 3.2.3., Reglas Generales de Comercio Exterior 2016, publicadas el 27 de enero de 2016).

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