Concluye revisión de cuota compensatoria de la placa de acero
¿Seguirás pagando las cuotas compensatorias de la placa de acero rumana, rusa y ucraniana?, revisa lo que resolvió la SE
Comercio Exterior
La Secretaría de Economía (SE) concluyó el examen de vigencia de las cuotas compensatorias definitivas impuestas a las importaciones de placa de acero en hoja originarias de Rumania, Rusia y Ucrania, independientemente del país de procedencia, que ingresan por las fracciones arancelarias 7208.51.01, 7208.51.02, 7208.51.03, 7208.52.01, 7225.40.01 y 7225.40.02, o por cualquier otra.
Por esas importaciones continuarás pagando las cuotas compensatorias por cinco años más contados a partir del 22 de septiembre de 2015, en los términos siguientes, placa de acero en hoja al carbono con:
- espesor de hasta 4.5 pulgadas, ancho de hasta 120 pulgadas y peso unitario de hasta 6,250 kilogramos, originaria de:
- Rumania, 67.6%
- Rusia, 36.8%,
- y Ucrania, 60.1 %
- un contenido de boro igual o superior a 0.0008 %, producto de acero en forma rectangular suministrado en condiciones de rolado con o sin orilla de molino, con espesor de hasta 4.5 pulgadas, ancho de hasta 120 pulgadas, largo hasta de 480 pulgadas y peso unitario de hasta 6,250 kilogramos que ingresan por las fracciones arancelarias 7225.40.01 y 7225.40.02, originaria de:
- Rusia, 36.8 %,
- y Ucrania, 60.1 %
No estarás obligado a cubrir esas cuotas si compruebas que el país de origen de la mercancía es distinto a esos países.