DTA 2017

Sabes cuánto pagarás por presentar un pedimento ante la aduana

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Redacción

Por Irene Vega

A partir del 1o. de enero de 2017 se cubren por concepto de derecho de trámite aduanero, las cuotas y montos siguientes, según se trate:

Importaciones

Operación, según el artículo 49 de la Ley Federal de Derechos Tasa o cuota
2017 2016
Importaciones definitivas 8 al millar sobre el valor de los bienes para efectos del impuesto general de importación
Importaciones temporales de activo fijo por IMMEX o por maquinaria y equipo destinados al régimen de elaboración, transformación o reparación en recintos fiscalizados 1.76 al millar sobre el valor de los bienes
  • Importaciones temporales de mercancías para elaboración, transformación o reparación por IMMEX
  • introducción a territorio nacional de mercancías bajo el régimen de elaboración, transformación o reparación en recintos fiscalizados, inclusive retornos
  • importaciones y exportaciones exentas de los impuestos al comercio exterior
  • bienes importados o exportados temporalmente para retornar en el mismo estado
  • retorno de bienes importados o exportados definitivamente, y
  • mercancías que carezcan de valor en aduana
$297 $287

Exportaciones

Cuota general $297 $288

Otras operaciones

Efectuadas por los Estados extranjeros $291 $282
Rectificación de pedimentos y no se esté en los supuestos anteriores, así como cuando se utilice algunos de los siguientes pedimentos:
  • tránsito interno
  • tránsito internacional
  • extracción del régimen de depósito fiscal para retorno
    • parte II de los pedimentos de importación, exportación o tránsito, y
    • por cada rectificación de pedimento
  297   287
282 273
297 287
297 287
286 276
Oro 3,143 3,043

Estas cantidades están actualizadas y se publicaron en el Anexo 19 de la RMISC 2017 en el DOF del 23 de diciembre de 2016.

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