Bancos aún pueden cobrar adeudos sin preguntar

Los cuentahabientes pueden sufrir este tipo de descuentos si en el contrato se estableció

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México (Notimex) -

Si se tiene un adeudo con una institución financiera y se posee una cuenta de ahorro o nómina, las firmas tienen derecho a retener los pagos correspondientes únicamente si fue estipulado en el contrato, destacó la Condusef.

En ese sentido, explicó que existen diversas cláusulas abusivas en los convenios que autorizan cobros arbitrarios sobre las cuentas de ahorro o nómina, por lo que es importante leer detenidamente antes de firmar.

Derivado de la reforma financiera las firmas que incurran en esta práctica pueden ser sancionadas y obligadas a suprimirlas.

Refirió que anteriormente las entidades financieras podían retirar de una cuenta de ahorro o nómina el saldo de un crédito vencido, bajo el argumento de una cláusula compensatoria a la que se había comprometido el cliente; sin embargo, está no establecía claramente su facultad de embargo parcial o total del saldo directamente de la cuenta de ahorro o nómina.

Finalmente, la Comisión señaló que los usuarios pueden visitar el micrositio de Cláusulas Abusivas con el fin de conocer y cotejar las prácticas nocivas comunes en los productos o servicios financieros.