Responsabilidad de las empresas vs la corrupción #ForoIDC

Actualmente los entes económicos dependen de su reputación, por lo que las compañías deben imponer códigos y sistemas integrales de conducta

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 .  (Foto: Victor Herrera)

Pese a que en el país y en otras naciones se instrumentaron políticas económicas con el fin de minimizar los efectos de la corrupción cometidos por personas físicas o morales, el tema ya no es “ético, sino un tema social, de responsabilidad y los temas económicos y reputacionales”, por lo que para conocer el grado de importancia y la esencia del Sistema Nacional de Anticorrupción (SNA) es necesario imponer una política monetaria, fiscal, de competencia e inversión, aseguró el socio director de Comad, S.C., Roberto Hernández. 

CONTADOR Y ABOGADOS CON RESPONSABILIDAD PENAL

Durante el segundo #ForoIDC, el especialista destacó que es necesario implementar acciones para la prevención de esos ilícitos, tal como: la inclusión de un código de conducta mediante un “sistema integral” y la implementación de códigos de conductas.

Dicho sistema debe de prohibir: el soborno, la entrega de regalos u hospitalidades a servidores públicos, la asociación con entes o personas de reputación corrupta, donaciones caritativas o políticas, omisión o modificación de las erogaciones realizadas y las prácticas concurrentes ilícitas por cada industria.

Asimismo, explicó que las medidas interpuestas buscan fortalecer el crecimiento de la economía y promover el entorno de estabilidad macroeconómica; sin embargo, para contender el SNA es necesario conocer los siguientes principios:

  • las autoridades vigilantes que llevarán el procedimiento especial es la Secretaría de la Función Pública (SFP), el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA), la Auditoría Superior de la Federación (ASF), la Fiscalía Especializada de Anticorrupción, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información (INAI), el Consejo de la Judicatura y el Comité Ciudadano
  • es un sistema integral a nivel nacional
  • existen dos grupos de conductas específicas que son prohibidas
    • faltas administrativas graves (soborno, tráfico de influencias, proporción de información falsa, uso indebido de recursos públicos, por mencionar algunos)
    • delitos (cohecho, difusión de información falsa, enriquecimiento ilícito, desvío de recursos públicos, uso ilícito de atribuciones, entre otros)
  • existen tres tipos de sanciones, conforme a la gravedad de lo cometido: sanciones económicas, suspensión de actividades, inhabilitación o cierre de la empresa
  • existen nuevas atribuciones para la revisión de los actos, la determinación de los ilícitos y la imposición de las sanciones