Formalidades para cambio de objeto social
Detalles sobre los puntos que se tratan en las asambleas extraordinarias
Corporativo
Es muy común que personas que forman parte de una empresa (SA de CV) deseen cambiar su objeto social, y se pregunten ¿cómo deben darle formalidad a esta operación?.
El ordenamiento encargado de regular lo relacionado con las sociedades mercantiles es la Ley General de Sociedades Mercantiles, la que en su artículo 182 señala los temas a tratar en las asambleas extraordinarias, las cuales son la vía necesaria para dar formalidad no solo al cambio de objeto social de una sociedad, sino a las siguientes decisiones:
- prórroga de la duración de la sociedad
- disolución anticipada de la sociedad
- aumento o reducción del capital social
- cambio de nacionalidad de la sociedad
- transformación de la sociedad
- fusión con otra sociedad
- emisión de acciones privilegiadas
- amortización por la sociedad de sus propias acciones y emisión de acciones de goce
- emisión de bonos
- cualquiera otra modificación del contrato social, y
- los demás asuntos para los que la LGSM o el contrato social exija un quórum especial
Es importante mencionar que dichas asambleas se pueden realizar en cualquier momento, y una vez llevadas a cabo, se deben protocolizar para obtener los efectos necesarios ante terceros.
Como puede observarse estas asambleas se celebran siempre que se pretenda modificar el contrato social o alguna de sus partes, o en su caso, cuando la propia escritura constitutiva fije un quórum especial para la adopción de alguna resolución.