Delegan facultades en materia de marcas

Es una necesidad que surge de la reforma a la Ley de Propiedad Industrial para indicaciones geográficas

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 .  (Foto: iStock)

Se publicó en el DOF del 3 de julio de 2018 el acuerdo en el cual delegan facultades al Director Divisional de Marcas en relación con indicaciones geográficas, el cual entrará en vigor el mismo 4 de julio.

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En la reforma del pasado 13 de marzo de 2018 a la Ley de la Propiedad Industrial (LPI), se otorgaba protección a las indicaciones geográficas; que son aquellos signos o denominaciones que caracterizan al producto o servicio por la fabricación o producción de ciertos lugares.

Por lo anterior, se decretó mediante el acuerdo 19/2018/2ª que la Dirección Divisional de Marcas es la autoridad competente para resolver asuntos relacionados con las indicaciones geográficas; estas facultades versan sobre:

  • emitir o negar las declaraciones de protección de indicaciones geográficas, así como autorizar o negar su uso
  • emitir las resoluciones que correspondan respecto de las solicitudes de declaraciones de protección de estos signos, y aquellas que declaren el abandono, desistimiento o desechamiento o de las solicitudes o promociones relativas a la inscripción de licencias y transmisión de los derechos conferidos
  • inscribir o, en su caso, negar el reconocimiento de las indicaciones geográficas protegidas en el extranjero, y
  • suspender el trámite de una solicitud de reconocimiento

Estas obligaciones delegadas se entenderán sin perjuicio del ejercicio directo por parte del Director General y el Director General Adjunto de Propiedad Industrial.