Punto a favor al respeto de la privacidad en los EU

La Corte de ese país dictaminó que la policía requiere orden judicial para indagar datos en teléfonos celulares

 .  (Foto: iStock)

Erendira Ramírez

A finales de junio de 2018, la Corte Suprema Norteamericana emitió una resolución que se considera histórica en materia de privacidad de datos, esto debido a las políticas invasivas que ha sostenido en últimas fechas el gobierno norteamericano.

Si bien el caso tiene como supuesto principal la ubicación de un teléfono celular, las implicaciones del fallo limitan el argumento vertido por el gobierno norteamericano de que las personas pierden sus derechos de privacidad al utilizar tecnologías proporcionadas por proveedores de telefonía.

El FBI, en el caso en particular, obtuvo sin orden judicial  información de la compañía de teléfonos sobre la ubicación de un involucrado en una serie de robos. Para el gobierno no era necesaria la orden en tanto que para este una vez que alguien comparte su información con un tercero ya no está protegida por la llamada “Cuarta Enmienda”.

Esto pone en alto riesgo la información de cualquier ciudadano, ya que los datos generados por las tecnologías modernas se encuentran en poder de empresas privadas, por lo que, bajo el criterio gubernamental utilizado, el gobierno tendría una facultad ilimitada para solicitar información a estas empresas.

Pongamos el caso de Facebook en donde se comparte información personal que, bajo el criterio gubernamental norteamericano, al otorgarse el consentimiento para compartir esa información con terceros, esta ya no se encuentra protegida ante cualquier acción gubernamental.

El tribunal dejó claro que la policía necesita una orden judicial para poderse apoderar de la información almacenada por las compañías de teléfonos celulares referentes a una persona, y siempre deberá sustentar la petición en una causa probable. Esto implica un antecedente importante ante la voraz política de vigilancia del gobierno norteamericano.

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